Insólita decisión tomó la AFIP con relación a los contribuyentes y su personal doméstico (aunque anoche dio -parcialmente- marcha atrás). En concreto: darán por hecho que los contribuyentes que tienen un determinado nivel de ingresos (más de $ 500 mil anuales) y un patrimonio que supere el tope fijado por el Impuesto sobre los Bienes Personales ($ 305 mil o más), tienen personal doméstico trabajando en su casa. Y en consecuencia, les cobrarán impuestos como si no estuvieran pagando los aportes de su empleado. Para evitar esto, todos los contribuyentes que tengan personal doméstico deben inscribirlos en un Registro Especial ante la AFIP.
La obligación surge del mecanismo que la AFIP pondrá en marcha en junio, según la resolución que apareció el martes en el Boletín Oficial. De allí surge que el organismo presumirá que una persona tiene empleada doméstica si percibe los ingresos citados, o tiene el patrimonio mencionado más arriba. Y en caso de que el contribuyente no registre una empleada, la AFIP determinará de oficio una deuda por aportes a la seguridad social, exigiendo su pago. Y si el contribuyente efectivamente no tiene servicio doméstico, deberá impugnarla y demostrar que no le corresponde la deuda. La medida también alcanza a los empleadores de choferes de remises, que tendrán que registrar al personal con un sistema similar al anterior.
En realidad, originariamente, la medida de la AFIP afectaba todavía a más gente: incluía a todos los que pagan el impuesto a los Bienes Personales (ya que tienen un patrimonio superior a $ 305 mil). Pero a última hora, se limitó la obligación sólo a los que cumplen ambos requisitos a la vez. Es decir, tienen ingresos mayores a medio millón de pesos por año y pagan Bienes Personales. Se estima que en la actualidad hay un millón de empleadas domésticas, de las cuale