Luego de la polémica por el proyecto de reforma del Código Penal, que entre otros puntos proponía eliminar la reincidencia, la Corte Suprema de Justicia avaló ayer la constitucionalidad de esa figura para los delincuentes que hayan sido condenados por más de un delito. Sólo Raúl Zaffaroni, uno de los principales ideólogos de la reforma impulsada por la Casa Rosada, no firmó el fallo, ya que se encuentra de viaje.
Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda ratificaron la validez del artículo del Código Penal que declara “reincidente a quien, habiendo antes cumplido una condena de prisión efectiva, comete luego un nuevo delito”. Fue en el caso “Arévalo”, condenado por “portación ilegal de arma de fuego, robo doblemente agravado por su comisión con arma de fuego y por la intervención de un menor de 18 años, en grado de tentativa”. La defensora oficial Eleonora Devoto había presentado un recurso extraordinario federal cuestionando la constitucionalidad de la reincidencia y llegó a la Corte.
La reincidencia no agrava la condena, pero limita al condenado la posibilidad de obtener la libertad condicional al cumplir las dos terceras partes de la pena. En su resolución, el máximo tribunal desestimó que la figura “castigue a una persona por lo que es y no por lo que haya hecho”.Este es uno de los puntos más polémicos del proyecto de reforma del Código Penal, fuertemente resistido por la oposición y por el líder del Frente Renovador, Sergio Massa, quien encabeza una campaña de rechazo a ese tipo de modificación.