El Legislador porteño Facundo Del Gaiso junto a los legisladores Claudio Cingolani, Carolina Estebarena, María Luisa González Estevarena, Guillermo González Heredia, Paola Michielotto y Claudio Romero presentaron ayer un proyecto de Ley para proteger y promover el derecho de la persona gestante a un duelo respetado y a la atención integral frente a la muerte gestacional neonatal. La muerte gestacional y neonatal significa la muerte de un hijo/a esperado/a, la frustración de un proyecto de maternidad deseada, significa un gran dolor tanto para la persona gestante como para su pareja y familia.
Ese hijo esperado ocupaba un lugar importante en sus pensamientos, tenía quizás ya un nombre elegido, ropa y una habitación preparada. El duelo puede ser invisibilizado por los distintos actores que intervienen en el proceso y mal elaborado, lo que puede traer graves secuelas físicas y psicológicas para la madre y su entorno familiar. Es por ello que frente a esa muerte prematura, se propone abordar esta circunstancia de una manera integral, con una mirada humanista. Muchas veces surge la necesidad de darle significado a la gestación que no pudo darse. Creemos que en la posibilidad de que, en caso de que la persona gestante lo desee, darle un nombre al niño deseado pero lamentablemente no nacido, pueda ser de ayuda en este doloroso momento de aceptación.
Con este proyecto se pretende visibilizar la problemática de la muerte gestacional y neonatal otorgándole ciertos derechos innegables a las mujeres que atraviesan este trauma: Derecho a tener una atención integral, oportuna y humanizada con la asistencia de equipos profesionales multidisciplinarios que contemple el derecho a la intimidad y a ser tratada en forma digna y respetuosa. La posibilidad de inscribir voluntariamente al niño no nacido en el Libro de Defunciones del Registro Civil con los nombres y apellidos elegidos, sin que esto implique modificar los derechos o efectos dispuestos por el Código Civil y Comercial de la Nación vinculados a estas situaciones.
Poder tomar contacto con los restos del niño no nacido, decidir su destino final y realizar la inhumación o cremación conforme a sus creencias en el marco de las leyes sanitarias mortuorias vigentes. Estar internada en un espacio adecuado distinto al servicio de la maternidad. Recibir información sobre lactancia y métodos de inhibición de ésta. Se pretende que la persona gestante sea sujeta de derechos que no pueden estar subordinados o condicionados por criterios como el peso o la edad gestacional del feto. Debemos enfocarnos en la necesidad de que quien atravesó por un embarazo que no llegó a su fin, pueda realizar un adecuado duelo. Es, por ello que no se establece ni edad ni peso del feto en el proyecto.
Son numerosos los Estados que han legislado al respecto: Francia, España, Alemania, Austria, Irlanda, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia y Chile. Aún con diferentes criterios, todos estos países han reconocido la facultad de individualizar con nombre y apellido y registrar a los bebés que no han nacido vivos. . “El vínculo de la persona gestante con su hijo desde el primer momento es indescriptible, de una fuerza imposible de traducir en palabras. Los que hemos pasado por ese momento maravilloso, sabemos bien de ese sentimiento y de la dificultad para traducirlo en palabras. Nunca se está preparado para una pérdida durante el embarazo. Este proyecto ayuda a los padres a transitar el dolor más grande que puedan atravesar mediante un proceso más humano y con mayor dignidad”, expresaron.