{"id":13350,"date":"2016-09-09T10:28:10","date_gmt":"2016-09-09T13:28:10","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2016\/09\/09\/la-urbanizacion-de-la-villa-20-tiene-aprobacion-inicial\/"},"modified":"2016-09-09T10:28:10","modified_gmt":"2016-09-09T13:28:10","slug":"la-urbanizacion-de-la-villa-20-tiene-aprobacion-inicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2016\/09\/09\/la-urbanizacion-de-la-villa-20-tiene-aprobacion-inicial\/","title":{"rendered":"La urbanizaci\u00f3n de la Villa 20 tiene aprobaci\u00f3n inicial"},"content":{"rendered":"<p>La Villa 20 del barrio de Lugano -Comuna 8, una de las m\u00e1s antiguas de las existentes en la ciudad de Buenos Aires, mediante una ley aprobada ayer jueves por unanimidad en primera lectura ser\u00e1 urbanizada, zonificada e integrada. La norma crea un \u00f3rgano para garantizar e instrumentar la participaci\u00f3n activa de los vecinos en todas las etapas del proceso. La \u201cMesa de Gesti\u00f3n Participativa para la Reurbanizaci\u00f3n del Barrio Villa 20\u201d -MGP- estar\u00e1 conformada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad -IVC, la Subsecretar\u00eda de H\u00e1bitat e Inclusi\u00f3n Social del Ministerio de Desarrollo Humano y H\u00e1bitat -SSHI, los delegados y vecinos como as\u00ed tambi\u00e9n por organizaciones barriales, sociales y religiosas. Una vez designada la Junta Vecinal, se constituir\u00e1n como \u00f3rgano consultivo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, participar\u00e1n representantes de los ministerios de Ambiente y Espacio P\u00fablico, Desarrollo Urbano y Transporte, del Ministerio P\u00fablico de la Defensa, Defensor\u00eda del Pueblo, de la Subsecretar\u00eda de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Naci\u00f3n, de la Subsecretar\u00eda de H\u00e1bitat y Desarrollo Humano de la Naci\u00f3n y un representante por cada una de las empresas prestatarias de servicios. Y estar\u00e1 coordinada por el Gobierno de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires a trav\u00e9s del IVC y la SSHI. De ning\u00fan modo la ley modifica y\/o elimina el rol del IVC que luego de la deliberaci\u00f3n y\/o debate asesorar\u00e1 al Jefe de Gobierno respecto al mejor proyecto de reurbanizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Mesa se abocar\u00e1 al desarrollo de las etapas de diagn\u00f3stico, elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, control, monitoreo y evaluaci\u00f3n del Proyecto Integral de Reurbanizaci\u00f3n -PIRU. \u00c9ste contempla el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n del relevamiento y diagn\u00f3stico socio-espacial, la definici\u00f3n de los criterios adecuados para construcci\u00f3n de vivienda nueva, mejoramiento de las existentes, apertura y consolidaci\u00f3n de v\u00eda p\u00fablica, provisi\u00f3n de equipamiento urbano, mejora y consolidaci\u00f3n del espacio p\u00fablico y provisi\u00f3n de infraestructura de servicios urbanos: redes de agua potable, energ\u00eda el\u00e9ctrica, desag\u00fces cloacales, desag\u00fces pluviales y gas natural.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n la MGP intervendr\u00e1 en la definici\u00f3n de inmuebles a recalificar, reconfigurar y consolidar, as\u00ed como en la definici\u00f3n acerca de la prolongaci\u00f3n, apertura y ensanches de calles, pasajes y pasillos existentes. Inclusive en la definici\u00f3n de criterios de adjudicaci\u00f3n de viviendas y soluciones habitacionales definitivas, entre los que se incluir\u00e1n familias que habiten viviendas emplazadas sobre la traza de las v\u00edas circulatorias a materializar; las que habiten viviendas en riesgo de derrumbe; familias a relocalizar por esponjamiento y otras por hacinamiento.<\/p>\n<p>Las soluciones habitacionales definitivas estar\u00e1n dirigidas a la poblaci\u00f3n de la villa 20 registrada en el Censo del IVC 2016, el Registro de Inquilinos No Censados de Villa 20 y\/o en el Relevamiento llevado a cabo el 31 de mayo y el 1 de junio de 2014 con la Defensor\u00eda del Pueblo como veedora. En caso de discrepancia entre el relevamiento y el censo, se tomar\u00e1n como v\u00e1lidos los datos que surjan de \u00e9ste \u00faltimo.Para las relocalizaciones, el IVC o quien este designe efectuar\u00e1 una valuaci\u00f3n de la vivienda existente y el monto que arroje se descontar\u00e1 del precio correspondiente a la soluci\u00f3n habitacional definitiva.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el GCABA promover\u00e1 el acceso al cr\u00e9dito mediante programas dirigidos a brindar una soluci\u00f3n habitacional definitiva para aquellas familias del barrio que deseen relocalizarse; tambi\u00e9n \u00abpodr\u00e1 dar la posesi\u00f3n de las viviendas nuevas a sus adjudicatarios una vez finalizadas las obras, seg\u00fan las pautas establecidas en las especificaciones t\u00e9cnicas del pliego de contrataci\u00f3n, y encontr\u00e1ndose las mismas en condiciones de habitabilidad y con las conexiones a los servicios p\u00fablicos efectuadas y en funcionamiento. En dicho acto, los adjudicatarios deber\u00e1n poner a disposici\u00f3n del IVC libre de todo ocupante la vivienda existente. Asimismo, los adjudicatarios deber\u00e1n extender a favor del IVC un poder de escrituraci\u00f3n por la vivienda nueva\u00bb.<\/p>\n<p>Para el mejoramiento de vivienda existente, quien resulte adjudicatario podr\u00e1 negarse a suscribir la correspondiente escritura traslativa de dominio si la unidad no contare con las conexiones a los servicios p\u00fablicos de agua, electricidad y desag\u00fces cloacales efectuadas y en funcionamiento. La infraestructura de servicios b\u00e1sicos ser\u00e1 dise\u00f1ada y ejecutada teniendo en cuenta los relevamientos y estudios demogr\u00e1ficos que permitan determinar la poblaci\u00f3n futura correspondiente a un horizonte de dise\u00f1o de 20 a\u00f1os. Y se deber\u00e1 convenir con las empresas prestadoras la transferencia inmediata de las obras de infraestructura ejecutadas por el GCABA una vez finalizadas. Incluso, \u00abgarantizar\u00e1 el cumplimiento del proceso de urbanizaci\u00f3n iniciado por la Cooperativa 25 de Marzo en las manzanas de su propiedad\u00bb.<\/p>\n<p>La norma contempla que \u00ablas empresas y cooperativas adjudicatarias de las obras a realizar deber\u00e1n contar con un porcentaje de mano de obra constituida por habitantes de villa 20, en el marco del convenio colectivo que corresponda y a definir seg\u00fan empadronamiento oficial\u00bb. Y que el GCABA \u00abdispondr\u00e1 anualmente de presupuesto para el desarrollo del PIRU seg\u00fan lo requieran las etapas de ejecuci\u00f3n del mismo\u00bb.Ubicada entre las avenidas Gral. Fern\u00e1ndez de la Cruz, Escalada, la calle Larraz\u00e1bal y las v\u00edas del Ferrocarril Gral. Belgrano la Villa 20 se conform\u00f3 dentro de la Unidad Territorial de Inclusi\u00f3n Urbana -UTIU- de la Comuna 8 Sur.<\/p>\n<p>Y la ley de su urbanizaci\u00f3n aprobada hoy, de 32 art\u00edculos, se encuadra dentro de los criterios y lineamientos del Plan Urbano Ambiental y del Modelo Territorial. El proceso de urbanizaci\u00f3n que impulsa el Cuerpo parlamentario se enmarca en el planeamiento, gesti\u00f3n, normativas y promoci\u00f3n orientados a la sustentabilidad y se sintetiza en el desarrollo de las condiciones de h\u00e1bitat y vivienda, en especial a partir de la integraci\u00f3n de las villas al tejido urbano, la definici\u00f3n de criterios de crecimiento morfol\u00f3gico y sustentable en zonas consolidadas, y la generaci\u00f3n de superficies mixturadas de tejido residencial y de actividades productivas.<\/p>\n<p>El expediente original es autor\u00eda de los diputados L\u00eda Rueda, Carmen Polledo, Francisco Quintana, Gabriel Maximiliano Sahonero, Agust\u00edn Forchieri, Jos\u00e9 Luis Acevedo, Juan Pablo Arenaza, Cecilia de la Torre, Paula Villalba, Daniel del Sol, Esteban Penayo, Emilio Raposo Varela, Victoria Rold\u00e1n M\u00e9ndez, Daniel Presti, Alejandro Garc\u00eda (PRO), Mar\u00eda Rosa Mui\u00f1os (FpV) y Paula Oliveto Lago (CC-ARI). Las Comisiones de Vivienda, Planeamiento Urbano y Presupuesto aconsejaron la aprobaci\u00f3n inicial de acuerdo con lo dispuesto en los art\u00edculos 89 y 90 inc. 3\u00ba de la Constituci\u00f3n de la Ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n<p>Ante la presencia en los palcos de habitantes de la Villa 20, como miembro informante expuso la diputada L\u00eda Rueda (PRO) quien adelant\u00f3 que en octubre se realizar\u00e1 el llamado a licitaci\u00f3n para 556 del total de 1.500 viviendas y la instalaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos entre ellos un jard\u00edn de infantes. A continuaci\u00f3n abordaron distintos aspectos del proyecto sus pares Marcelo Ramal (FIT), Fernando Vilardo (AyL), Paula Penacca, Gabriel Fuks, Carlos Tomada (FpV), Hern\u00e1n Rossi (SUMA+), Patricio Del Corro (PTS-FI), Adri\u00e1n Camps (PSA), Roy Cortina (PS), Jos\u00e9 Luis Acevedo, Gabriel Sahonero (PRO), Maximiliano Ferraro (CC-ARI) y Marcelo Depierro (CP). La votaci\u00f3n en general result\u00f3 de 55 votos positivos sobre igual n\u00famero de diputados; en particular Vilardo se opuso a los art\u00edculos 3\u00b0 y 6\u00b0, Ramal y Del Corro al art\u00edculo 3\u00b0.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Villa 20 del barrio de Lugano -Comuna 8, una de las m\u00e1s antiguas de las existentes en la ciudad de Buenos Aires, mediante una ley aprobada ayer jueves por unanimidad en primera lectura ser\u00e1 urbanizada, zonificada e integrada. 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