{"id":20944,"date":"2013-11-12T18:03:56","date_gmt":"2013-11-12T21:03:56","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2013\/11\/12\/mayor-control-a-prepagas-3\/"},"modified":"2013-11-12T18:03:56","modified_gmt":"2013-11-12T21:03:56","slug":"mayor-control-a-prepagas-3","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2013\/11\/12\/mayor-control-a-prepagas-3\/","title":{"rendered":"Mayor control a prepagas"},"content":{"rendered":"<p>\u00a0<br \/>\n El legislador porte\u00f1o Helio Rebot (PRO) present\u00f3 un proyecto de ley para modificar algunos art\u00edculos de la Ley N\u00ba 1517 de Entidades Prestatarias de Servicios de Medicina Prepaga, a fin de que sus usuarios puedan ejercer un mejor control de las prestaciones. En el proyecto se resalta la incorporaci\u00f3n a la ley del art. 10 bis, que obliga a las entidades a disponer &quot;en cada sede y\/o locales de atenci\u00f3n al p\u00fablico&quot; un libro de actas &quot;en el cual deben constar los reclamos realizados por los beneficiarios respecto a los servicios convenidos y la resoluci\u00f3n adoptada al respecto&quot;, los cuales deber\u00e1n ser presentados en forma trimestral ante el Registro P\u00fablico de Entidades Prestatarias de Servicios de Medicina Prepaga.<br \/>\n Asimismo se obliga tambi\u00e9n a las empresas a exhibir un cartel en lugar visible con la siguiente leyenda: &quot;Sr. Cliente: se encuentra a su disposici\u00f3n un ejemplar del modelo de contrato que propone la empresa a suscribir al momento de la contrataci\u00f3n (Ley 2695)&quot; como as\u00ed tambi\u00e9n otro que informe sobre la disponibilidad del Libro de Quejas auditado por Defensa del Consumidor del GCBA. Entre los fundamentos del proyecto se destaca que &quot;los usuarios de medicina prepaga, al efectuar un reclamo en relaci\u00f3n a inconvenientes con el servicio que se les presta, no se encuentran en las mismas condiciones emocionales que un usuario que realiza una queja por el servicio, por ejemplo, de telefon\u00eda celular&quot;.<br \/>\n La ley 1517, que cre\u00f3 en la Ciudad el Registro de Entidades Prestatarias de Servicio de Medicina Prepaga, fue sancionada en noviembre de 2004, por lo que &quot;deviene necesario una modificaci\u00f3n de la misma, actualizando requisitos en pos del beneficio de los usuarios del servicio&quot;, seg\u00fan explica Rebot en los fundamentos. El Registro de Prepagas de la Ciudad cuenta con m\u00e1s de 100 empresas del sector obligadas a presentar anualmente documentaci\u00f3n actualizada referida a las prestaciones que brindan. El rubro tuvo el a\u00f1o pasado 600 denuncias sobre un total de 12.000 reclamos presentados, y en lo que va de 2013 las quejas hacia estas empresas &quot;suman m\u00e1s de 300&quot;, seg\u00fan lo consignan las oficinas dependientes \u00a0de la Autoridad de Aplicaci\u00f3n de la Ley de Defensa del Consumidor de la CABA.<br \/>\n Cabe destacar que el n\u00famero de denuncias rese\u00f1ado que efectivamente se presentaron en oficinas de Defensa del Consumidor, \u00a0se duplica o triplica en relaci\u00f3n a quejas que se presentan ante las oficinas comerciales de las empresas de medicina prepaga. \u201cCon la aprobaci\u00f3n de la reforma estaremos contribuyendo a que cientos de usuarios reciban un trato digno al presentar su reclamo y adem\u00e1s se acortar\u00e1n los tiempos de respuesta al mismo\u201d, justific\u00f3 Helio Rebot.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 El legislador porte\u00f1o Helio Rebot (PRO) present\u00f3 un proyecto de ley para modificar algunos art\u00edculos de la Ley N\u00ba 1517 de Entidades Prestatarias de Servicios de Medicina Prepaga, a fin de que sus usuarios puedan ejercer un mejor control de las prestaciones. 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