{"id":21188,"date":"2013-12-06T13:44:01","date_gmt":"2013-12-06T16:44:01","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2013\/12\/06\/actualizan-normativa-del-poder-judicial\/"},"modified":"2013-12-06T13:44:01","modified_gmt":"2013-12-06T16:44:01","slug":"actualizan-normativa-del-poder-judicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2013\/12\/06\/actualizan-normativa-del-poder-judicial\/","title":{"rendered":"Actualizan normativa del Poder Judicial"},"content":{"rendered":"<p>\u00a0<br \/>\n La Legislatura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires sancion\u00f3 un paquete de leyes promovidas por la comisi\u00f3n de Justicia que tienen por objeto actualizar la normativa vigente en algunos sectores del Poder Judicial porte\u00f1o. Entre otras cosas, se adecu\u00f3 el procedimiento ante el Tribunal Superior y se actualiz\u00f3 el monto del dep\u00f3sito; tambi\u00e9n se actualiz\u00f3 la Ley N\u00ba 7 -Org\u00e1nica del Poder Judicial y se introdujeron modificaciones a la Ley N\u00b0 31 &#8211; del Consejo de la Magistratura &#8211; que mejora su funcionalidad y a la Ley N\u00ba 1903 &#8211; Ley Org\u00e1nica del Ministerio P\u00fablico, que perfecciona su funcionamiento.<br \/>\nActualizan la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial<br \/>\nA trav\u00e9s de una modificaci\u00f3n integral a la Ley N\u00ba 7 se orden\u00f3 y reorganiz\u00f3 el cuerpo normativo de modo tal de excluir las normas derogadas o cuya inconstitucionalidad fuera resuelta por el m\u00e1ximo Tribunal local. La comisi\u00f3n de justicia que aconsej\u00f3 la decisi\u00f3n lo hizo en el entendimiento que &quot;una modificaci\u00f3n de tales caracter\u00edsticas se torna imprescindible a los fines de otorgar una mayor claridad al texto legal que, seguramente, tendr\u00e1 una incidencia directa en un mejor ejercicio de la funci\u00f3n jurisdiccional estatal&quot;. El Expediente N\u00ba 2820-D-2013, fue autor\u00eda del diputado Daniel Presti (PRO) y en el dictamen de la comisi\u00f3n de Justicia tuvo las disidencias de los diputados Alejandro Amor y Dante Gullo (FpV). La votaci\u00f3n en general result\u00f3 de 48 votos positivos, 5 negativos y 4 abstenciones.<br \/>\nMejoran funcionalidad del Consejo de la Magistratura<br \/>\nTeniendo en cuenta que las Leyes N\u00ba 31 y N\u00ba 1988 regulan una misma materia que compete tanto a estructura, organizaci\u00f3n y funcionamiento del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, como a la Oficina de Administraci\u00f3n y Financiera del Poder Judicial local, la Legislatura sancion\u00f3 este jueves una nueva norma. La Ley N\u00ba 31 regula la competencia del Consejo, estableciendo sus funciones, competencias, composici\u00f3n, requisitos que deben reunir sus integrantes, facultades de los mismos, quorum necesario para sesionar, atribuciones y comisiones permanentes. Por su parte la Ley N\u00ba 1988 ha creado la Oficina de Administraci\u00f3n y Financiera del Poder Judicial, la cual act\u00faa en el \u00e1mbito del Consejo de la Magistratura y oportunamente su creaci\u00f3n result\u00f3 atendible, por razones de especialidad t\u00e9cnica pero exist\u00eda una verdadera limitaci\u00f3n de su responsabilidad la cual quedaba restringida en su accionar.<br \/>\nSe argument\u00f3 que \u00e9sta t\u00e9cnica de organizaci\u00f3n presenta ventajas e inconvenientes porque generalmente se reconoce que favorece a la organizaci\u00f3n interna pues permite descongestionar el poder, originando una mayor celeridad en la resoluci\u00f3n de los asuntos, afirma la idea de responsabilidad y la iniciativa de los cuadros intermedios de la burocracia, al atribu\u00edrseles la resoluci\u00f3n o direcci\u00f3n de asuntos importantes, haciendo posible que qui\u00e9n deba decidir posea un conocimiento m\u00e1s profundo, espec\u00edfico y directo de los problemas que se trata de resolver. Pero el mayor inconveniente es la p\u00e9rdida de la unidad de criterio en la resoluciones a su cargo, lo que conspira contra el objetivo propuesto por el Consejo de la Magistratura. A causa de ello la Legislatura este jueves produjo la unificaci\u00f3n legislativa en aras de propiciar y lograr una accionar univoco.<br \/>\nDado que ambos cuerpos normativos tratan id\u00e9ntica materia, complement\u00e1ndose pero a la vez reenvi\u00e1ndose, y habiendo sido ambos modificados en diversas oportunidades, resultaba necesario, y conveniente, en aras de la aplicaci\u00f3n de una t\u00e9cnica legislativa m\u00e1s precisa, unificar en un \u00fanico cuerpo normativo todas las disposiciones vigentes, a los fines de otorgar mayor certeza a los operadores jur\u00eddicos y por consiguiente brindar mayor ejecutividad al funcionamiento de un \u00f3rgano constitucional. Por otra parte, resultaba oportuno incorporar a la Oficina de Administraci\u00f3n y Financiera del Poder Judicial como \u00f3rgano estable del Consejo por ser conveniente para agilizar su funcionamiento. En la propuesta de modificar la Ley N\u00ba 31 y derogar la Ley N\u00ba 1988, intervinieron como autores los diputados Alejandro Amor (FpV) y Francisco Quintana (PRO) y el despacho de la comisi\u00f3n de justicia lleg\u00f3 al recinto con disidencias del propio Amor y su par Dante Gullo (FpV). En la votaci\u00f3n en general hubo 50 afirmativos, 2 negativos y 2 abstenciones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 La Legislatura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires sancion\u00f3 un paquete de leyes promovidas por la comisi\u00f3n de Justicia que tienen por objeto actualizar la normativa vigente en algunos sectores del Poder Judicial porte\u00f1o. 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