{"id":24924,"date":"2014-10-24T13:57:10","date_gmt":"2014-10-24T16:57:10","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2014\/10\/24\/taxis-los-choferes-deberan-estar-en-relacion-de-dependencia\/"},"modified":"2014-10-24T13:57:10","modified_gmt":"2014-10-24T16:57:10","slug":"taxis-los-choferes-deberan-estar-en-relacion-de-dependencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2014\/10\/24\/taxis-los-choferes-deberan-estar-en-relacion-de-dependencia\/","title":{"rendered":"Taxis: Los choferes deber\u00e1n estar en relaci\u00f3n de dependencia"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"line-height: 1.3em;\">La Legislatura porte\u00f1a aprob\u00f3 una modificaci\u00f3n al C\u00f3digo de Tr\u00e1nsito y Transporte a trav\u00e9s de la cual se incorpor\u00f3 al concepto legal de conductor de taxi, a quien conduzca el veh\u00edculo pero que adem\u00e1s sea miembro de una sociedad comercial que explota ese servicio. Hasta ahora el C\u00f3digo exceptuaba de la relaci\u00f3n de dependencia a los choferes integrantes de la sociedad titular de la explotaci\u00f3n que deb\u00edan ser aut\u00f3nomos. Tambi\u00e9n quedaban exceptuados y continuar\u00e1n en esa condici\u00f3n el c\u00f3nyuge, los ascendientes y descendientes en l\u00ednea recta en 1\u00ba grado y los hermanos del titular de la licencia que deben estar inscriptos como aut\u00f3nomos.<\/span><\/p>\n<p>La posibilidad de que un chofer fuera trabajador aut\u00f3nomo \u201ctrajo aparejado desv\u00edos en la actividad en los comportamientos de algunos empleadores con consecuencias indeseadas para la plena vigencia de los derechos de los trabajadores del sector\u00bb, sosten\u00edan los diputados en el texto consensuado en base a un despacho de la Comisi\u00f3n de Tr\u00e1nsito y promovido por su presidente, el diputado Claudio Palmeyro (SP).<\/p>\n<p>\u201cLa Ley 24.241 en su art\u00edculo 2\u00ba, establece las reglas generales a partir de las cuales las personas f\u00edsicas est\u00e1n obligatoriamente comprendidas en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), bajo las distintas modalidades calificadas como relaci\u00f3n de dependencia e incluye a los integrantes de sociedades con porcentuales inferiores\u201d sostuvieron los legisladores y agregaron que quedan comprendidos en esta categor\u00eda los peones de taxi \u00a0integrantes de las sociedades comerciales.<\/p>\n<p>Los fundamentos del proyecto se\u00f1alan que esta potestad que creaba la ley para el caso de integrantes de sociedades que trabajen como peones de taxi, se ha convertido en un mecanismo mediante el cual algunos empleadores titulares de licencia de taxi evaden el pago de los aportes y contribuciones, acudiendo a la formaci\u00f3n de numerosas sociedades con el fin de poder burlar el aporte a la Obra Social y tambi\u00e9n al Sistema \u00danico de Seguridad Social. En la mayor\u00eda de los casos estas sociedades se han venido constituyendo bajo una mec\u00e1nica semejante, transfiriendo las licencias que pose\u00edan a t\u00edtulo personal a favor de las sociedades que constituyen, reservando el papel de un socio para los peones de taxis, que ingresan a la sociedad como cesionarios de cuotas o acciones, seg\u00fan el caso, con lo cual quedan exentos de la obligaci\u00f3n de efectuar aportes sociales y previsionales.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n explican los considerandos que la Ley de Contrato de Trabajo N\u00ba 20.744 en su art\u00edculo 27, establece: \u201dLas personas que integrando una sociedad prestan a esta toda su actividad o parte principal de la misma en forma personal y habitual, con sujeci\u00f3n a las instrucciones o directivas que se le impartan o pudieran impart\u00edrseles para el cumplimiento de tal actividad, ser\u00e1n consideradas como trabajadores dependientes de la sociedad a los efectos de la aplicaci\u00f3n de esta Ley y de los reg\u00edmenes legales y convencionales que regulan y protegen la prestaci\u00f3n de trabajo en relaci\u00f3n de dependencia\u201d. En tanto esa norma nacional except\u00faa a las sociedades de familia entre padres e hijos, por lo que cabe entender que su interpretaci\u00f3n es restrictiva no admitiendo ninguna otra excepci\u00f3n.<\/p>\n<p>Continuar\u00e1n como hasta ahora siendo considerados choferes de taxis quienes ejerzan esta tarea y sean titulares de la licencia de taxi que cumplan con los requisitos establecidos por la norma y los conductores no titulares que se encuentren debidamente habilitados.<\/p>\n<p>Palmeyro record\u00f3 durante la sesi\u00f3n su pertenencia al sindicato de peones de taxi y destac\u00f3 que la modificaci\u00f3n que estaba por ser votada, fue acompa\u00f1ada tambi\u00e9n por \u201casociaciones de titulares de licencias de taxis y c\u00e1maras empresariales\u201d. \u201cMi trabajo siempre ha sido consensuado y un aporte a la calidad de vida de mis compa\u00f1eros\u201d dijo y agreg\u00f3 que \u201calgunos han querido instalar una sensaci\u00f3n de que este proyecto de ley afectar\u00eda a 5.000 peones que quedar\u00edan sin trabajo\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"line-height: 1.3em;\">En este sentido, el legislador explic\u00f3 que: \u201cm\u00e1s de 4.000 de esos trabajadores son integrantes de grupos familiares de los titulares de licencias y la modificaci\u00f3n que hoy votamos no cambia su situaci\u00f3n por lo que no quedar\u00e1n sin trabajo\u201d. En tanto, detall\u00f3 que del grupo total, otros \u201c500 trabajadores est\u00e1n comprendidos en dos tipos de fraude que est\u00e1n desarroll\u00e1ndose actualmente, uno se verifica a trav\u00e9s de la conformaci\u00f3n de sociedades familiares que incluyen al pe\u00f3n de taxi como socio y otro que corresponde al ofrecimiento del alquiler de licencias de taxis prohibido en el c\u00f3digo de Tr\u00e1nsito, modalidad que obliga a quien alquila la licencia a conducir, aportar el veh\u00edculo, repararlo, etc. sin los beneficios de una relaci\u00f3n de dependencia\u201d.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"line-height: 1.3em;\">El diputado Marcelo Ramal (FIT) se abstuvo y fundament\u00f3 su voto: \u201cel conductor de taxi que pasa al r\u00e9gimen formal pasa a una relaci\u00f3n laboral tan fraudulenta y grave como la que se quiere evitar con esta ley\u201d y manifest\u00f3: \u201choy recibe un sueldo de 6.000 pesos y descuentos pero, no percibe ese salario porque debe pagar el indigno r\u00e9gimen de pago del alquiler del veh\u00edculo por el que debe aportar 700 pesos diarios\u201d.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Legislatura porte\u00f1a aprob\u00f3 una modificaci\u00f3n al C\u00f3digo de Tr\u00e1nsito y Transporte a trav\u00e9s de la cual se incorpor\u00f3 al concepto legal de conductor de taxi, a quien conduzca el veh\u00edculo pero que adem\u00e1s sea miembro de una sociedad comercial que explota ese servicio. 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