{"id":3407,"date":"2019-02-13T03:00:00","date_gmt":"2019-02-13T06:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2019\/02\/13\/subte-viajes-gratis-sino-funciona-escaleras-mecanicas\/"},"modified":"2019-02-13T03:00:00","modified_gmt":"2019-02-13T06:00:00","slug":"subte-viajes-gratis-sino-funciona-escaleras-mecanicas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2019\/02\/13\/subte-viajes-gratis-sino-funciona-escaleras-mecanicas\/","title":{"rendered":"Subte: Viajes gratis sino funciona escaleras mec\u00e1nicas"},"content":{"rendered":"<p>El titular del juzgado N\u00b0 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andr\u00e9s Gallardo, declar\u00f3 incumplida la medida cautelar resuelta por la C\u00e1mara de Apelaciones en lo que respecta al \u201cregular funcionamiento de los ascensores y escaleras mec\u00e1nicas\u201d y dispuso que todo usuario del subterr\u00e1neo que al ingresar o egresar de una estaci\u00f3n observe que alguna de las instalaciones mec\u00e1nicas (escaleras mec\u00e1nicas, ascensores y\/o salva escaleras) se encuentre en ese momento fuera de funcionamiento, se encontrar\u00e1 exento de abonar la tarifa correspondiente al servicio regular.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, orden\u00f3 que, en el supuesto de verificarse tal situaci\u00f3n, Metrov\u00edas SA deber\u00e1 arbitrar las medidas necesarias para que en la estaci\u00f3n que se trate no se cobre a los usuarios al ingresar la tarifa correspondiente al servicio regular, mientras persista el desperfecto. En el supuesto de que el usuario lo verificare al egreso, podr\u00e1 acercarse a la boleter\u00eda que se encuentre en la estaci\u00f3n de que se trate y el personal de Metrov\u00edas SA deber\u00e1 arbitrar los medios necesarios para reintegrar el importe en la tarjeta SUBE que el usuario abon\u00f3 oportunamente por su viaje.<\/p>\n<p>En la sentencia, record\u00f3 que, a\u00fan luego de que el pasado 13 de agosto de 2018, la C\u00e1mara resolviera cautelarmente, entre otros puntos, que \u201cMetrov\u00edas SA acredite en el plazo de diez d\u00edas, ante el juez de grado el regular funcionamiento de los ascensores y escaleras mec\u00e1nicas\u201d, en la \u00faltima inspecci\u00f3n -el 7 de febrero de 2019- se verificaron 51 medios de accesibilidad sin operatividad, habiendo descontado ya los supuestos ajenos a la responsabilidad de Metrov\u00edas SA.<\/p>\n<p>\u201cTal es el marco involutivo en que nos encontramos. Pareciera que pese a haber transcurrido m\u00e1s de dos a\u00f1os del inicio de la causa, las decisiones jurisdiccionales, las sanciones conminatorias, las necesidades de los usuarios, y las obligaciones contractualmente asumidas por el operador del servicio de transporte, Metrov\u00edas SA resultar\u00eda desinteresada en asegurar un eficaz funcionamiento de los ascensores y de las escaleras mec\u00e1nicas instaladas en las estaciones de subterr\u00e1neo\u201d, expres\u00f3 el juez.<\/p>\n<p>Por un lado, se\u00f1al\u00f3 que, de parte de Metrov\u00edas SA \u201cpareciera no existir una real intenci\u00f3n de mejorar progresivamente la situaci\u00f3n descripta\u201d, ya que \u201ccon el correr de los meses en nada se ha mejorado y las deficiencias persisten\u201d. \u201cPor otra parte, una vez m\u00e1s resulta necesario recordar que lo que aqu\u00ed se busca no es satisfacer un capricho jurisdiccional, sino la efectiva utilizaci\u00f3n del servicio de transporte subterr\u00e1neo por parte de los usuarios, actuales y eventuales, particularmente por parte de aqu\u00e9llos que padecen o podr\u00edan padecer discapacidades motrices o movilidad reducida\u201d, destac\u00f3 el titular del juzgado N\u00b0 2.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, afirm\u00f3 que la decisi\u00f3n \u201calcanzar\u00e1 a todo usuario sin distingo en sus capacidades motrices\u201d. \u201cPues por un lado si bien puede considerarse que los medios mec\u00e1nicos de accesibilidad son de uso prioritario de aqu\u00e9llos mermados en su desplazamiento, no es exclusivo\u201d, explic\u00f3. \u201cAs\u00ed podr\u00e1 pensarse en personas que se vean afectadas por una enfermedad permanente o transitoria, ancianas y ancianos, personas que se trasladen con ni\u00f1os, sujetos con lesiones tempor\u00e1neas, etc.\u201d, concluy\u00f3.<\/p>\n<p>El magistrado orden\u00f3 adem\u00e1s tanto a Metrov\u00edas SA, como a SBASE difundir lo resuelto, para lo cual deber\u00e1n fijar en cada boleter\u00eda de toda la red el aviso que se confeccionar\u00e1 por Secretar\u00eda, tanto en su formato, contenido y tama\u00f1o; y publicar el mismo aviso por el plazo de tres d\u00edas en un cuarto de p\u00e1gina impar, a partir del 18\/02\/2019, en los diarios Clar\u00edn, La Naci\u00f3n y P\u00e1gina 12, tanto en formato papel como en sus versiones on line, bajo apercibimiento de embargo y de ejecuci\u00f3n forzada.No es la primera vez que el magistrado se pronuncia respecto a las deficiencias en los accesos para discapacitados: en octubre de 2018 le impuso una millonaria multa a la empresa de transporte.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El titular del juzgado N\u00b0 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andr\u00e9s Gallardo, declar\u00f3 incumplida la medida cautelar resuelta por la C\u00e1mara de Apelaciones en lo que respecta al \u201cregular funcionamiento de los ascensores y escaleras mec\u00e1nicas\u201d y dispuso que todo usuario del subterr\u00e1neo que al ingresar o egresar de una estaci\u00f3n observe que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3408,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[11,32],"tags":[],"class_list":["post-3407","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad","category-comunas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3407"}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3407"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3407\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3408"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3407"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3407"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3407"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}