{"id":3501,"date":"2019-02-04T03:00:00","date_gmt":"2019-02-04T06:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2019\/02\/04\/artesanos-de-la-calle-defensa-arbitran-medidas\/"},"modified":"2019-02-04T03:00:00","modified_gmt":"2019-02-04T06:00:00","slug":"artesanos-de-la-calle-defensa-arbitran-medidas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2019\/02\/04\/artesanos-de-la-calle-defensa-arbitran-medidas\/","title":{"rendered":"Artesanos de la calle Defensa: Arbitran medidas"},"content":{"rendered":"<p>La jueza a cargo del juzgado de feria n.\u00ba 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Patricia L\u00f3pez Vergara, resolvi\u00f3 disponer medidas de prueba para dar sustento a los argumentos de los amparista, ante la presentaci\u00f3n que realizaron un grupo de 86 artesanos, quienes iniciaron un amparo contra el GCBA, con el objeto de que se declare la nulidad de una disposici\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de Ferias que dispuso otorgar un permiso de uso precario a sujetos distintos. Todo ello en el marco de la causa \u201cCoria Caserez, Sergio Oscar y otros c\/ GCBA y otros s\/ amparo \u2013 artesanos, artistas y otros vendedores ambulantes\u201d, expediente n.\u00ba 9\/2019-0.<\/p>\n<p>La magistrada consider\u00f3 que el tramo de la calle Defensa 701 al 799 que ocupaban los artesanos actores es el \u201cespacio donde se hace patente en forma significativa la complejidad de la vida en sociedad\u201d. \u201cLa dimensi\u00f3n socio-cultural del espacio p\u00fablico oficiar\u00e1 de encuentro y construcci\u00f3n de la identidad ciudadana y de expresi\u00f3n comunitaria, con la apropiaci\u00f3n de un sentido de pertenencia. Se trata de una fuente y escenario de interacci\u00f3n social, que posibilita ese encuentro donde todos nos igualamos, que en su funci\u00f3n no s\u00f3lo material sino simb\u00f3lica permite ese di\u00e1logo entre los que se integran a la comunidad. \u00c9ste es el escenario donde se imbrica este reclamo cautelar tra\u00eddo a este \u00e1mbito judicial, en pos de la paz social; norte que debe acometer la judicatura mucho m\u00e1s que como una declamaci\u00f3n o una noble aspiraci\u00f3n\u201d, desarroll\u00f3.<\/p>\n<p>Enfatiz\u00f3 tambi\u00e9n que \u201cno se puede desconocer que en el contexto imperante adem\u00e1s de tornarse imperiosa la posibilidad de trabajar a fin de subsistir, es preciso fortalecer los lazos sociales y no enfrentar a los trabajadores que llevan a cabo similares labores artesanales y manuales en orden a procurarse una fuente de ingresos\u201d. Y se\u00f1al\u00f3 que uno de los derechos afectados \u201ces el trabajo de 86 artesanos aqu\u00ed presentados que piden volver al espacio p\u00fablico de donde sus puestos fueron desalojados; derecho al que el propio constituyente local categoriz\u00f3 como de incidencia colectiva en el referido art\u00edculo 14 de la Constituci\u00f3n porte\u00f1a\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, tras considerar que la instancia de feria fue habilitada a los fines de tratar el pedido cautelar, razon\u00f3 que \u201csu tratamiento se erige como un obst\u00e1culo en este tipo de acciones colectivas; a ra\u00edz de la necesidad de contemplar intereses diversos que podr\u00edan hallarse enfrentados al procurar ser todos igualmente reconocidos y a los que esta jueza no ha o\u00eddo\u201d. Es que \u201cde acceder a la cautelar en los t\u00e9rminos planteados por los actores, se posibilitar\u00eda el desarrollo de tales actividades a un grupo de trabajadores y al propio tiempo ser\u00eda cercenada a otro sector. Tal accionar de esta jueza en ese caso se traducir\u00eda en las palabras del proverbio popular \u2018Desnudar un santo para vestir a otro\u2019\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>Asimismo, estim\u00f3 que \u201cdichas circunstancias obligar\u00edan a abandonar las pautas de bilateralidad \u2018actor-demandado\u2019 del proceso para dar lugar a un proceso polic\u00e9ntrico en el que si bien existe una causa com\u00fan al diferir el alcance de intereses de cada sector, aquello que se decida fuerza al juez a un examen que contemple a todos los sectores part\u00edcipes del conflicto suscitado y considere el alcance de los efectos erga omnes que tal pronunciamiento arrojar\u00eda\u201d. \u201cEste caso no permite conformarse con un proceso de suma cero en t\u00e9rminos de la teor\u00eda econ\u00f3mica en que uno gane y otro pierda, en tanto todos tienen lo que hoy se ha dado en llamar el derecho a la ciudad\u201d, concluy\u00f3.L\u00f3pez Vergara resolvi\u00f3 disponer una serie de medidas probatorias en torno a lo expuesto por los artesanos y orden\u00f3 al GCBA arbitrar los medios necesarios a fin de conjugar los intereses de los artesanos actores desplazados en desmedro de los que fueron trasladados por disposici\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de Ferias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La jueza a cargo del juzgado de feria n.\u00ba 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Patricia L\u00f3pez Vergara, resolvi\u00f3 disponer medidas de prueba para dar sustento a los argumentos de los amparista, ante la presentaci\u00f3n que realizaron un grupo de 86 artesanos, quienes iniciaron un amparo contra el GCBA, con el objeto de que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3502,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[11,33],"tags":[],"class_list":["post-3501","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad","category-sociedad-y-cultura-2"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3501"}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3501"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3501\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3502"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3501"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3501"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3501"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}