{"id":4072,"date":"2019-01-10T03:00:00","date_gmt":"2019-01-10T06:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2019\/01\/10\/verazdeclaracion-sobre-el-registro-de-usuarios\/"},"modified":"2019-01-10T03:00:00","modified_gmt":"2019-01-10T06:00:00","slug":"verazdeclaracion-sobre-el-registro-de-usuarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2019\/01\/10\/verazdeclaracion-sobre-el-registro-de-usuarios\/","title":{"rendered":"Veraz:Declaraci\u00f3n sobre el registro de usuarios"},"content":{"rendered":"<p>El Directorio del ENRE informa que las distribuidoras EDENOR S.A. y EDESUR S.A. no podr\u00e1n denunciar ante el VERAZ, o ante cualquier otro banco de datos, a los usuarios que tengan reclamos iniciados ante el Ente pendientes de resoluci\u00f3n y hayan efectuado pagos a cuenta en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 4\u00b0 Obligaciones de la empresa distribuidora, inc. j) Reclamos y Quejas, puntos II y III del Reglamento de Suministro.Quienes deseen realizar consultas o recibir asesoramiento podr\u00e1n contactarse con nuestra oficina de atenci\u00f3n al p\u00fablico, llamando al 0 800 333 3000.<\/p>\n<p>Reglamento de suministros de la energ\u00eda el\u00e9ctrica para los servicios prestados por Edenor S.A\u00a0 y Edesur S.A<\/p>\n<p>I) RECLAMOS Y QUEJAS La\u00a0distribuidora \u00a0est\u00e1 obligada a llevar un registro inform\u00e1tico \u00fanico y correlativo donde se asienten la totalidad de los reclamos efectuados, cualquiera sea su modo de recepci\u00f3n. En dicho registro debe constar, en forma correlativa, el n\u00famero de reclamo (con especificaci\u00f3n de la fecha y hora en que fue realizado), los datos del usuario, el modo de recepci\u00f3n y el objeto del reclamo. Cualquier modalidad de reclamos, quejas y\/o sugerencias que la\u00a0\u00a0distribuidora \u00a0pretenda implementar debe contar con la autorizaci\u00f3n previa del ENRE. La\u00a0distribuidora \u00a0est\u00e1 obligada a comunicar al USUARIO, por el mismo medio en que \u00e9ste realiz\u00f3 su reclamo, el n\u00famero asignado y los dem\u00e1s datos que surjan del registro inform\u00e1tico. En caso de tratarse de un reclamo hecho en forma personal, debe entregar constancia escrita al momento de su recepci\u00f3n con los datos de la registraci\u00f3n inform\u00e1tica efectuada. En cada uno de los locales donde la\u00a0distribuidora \u00a0atienda al p\u00fablico debe existir un Libro de Quejas a disposici\u00f3n de los USUARIOS, previamente habilitado por el ENRE, debiendo indicarse en un cartel, vitrina o dispositivo inform\u00e1tico adecuado la existencia del mismo. Todas las quejas asentadas en dicho libro deben incluirse en el registro inform\u00e1tico establecido precedentemente.<\/p>\n<p>II.- Pago a Cuenta. Cuando el reclamo o la queja se refiera a un problema en la facturaci\u00f3n o en la medici\u00f3n, el\u00a0usuario \u00a0debe abonar una suma equivalente al \u00faltimo consumo facturado y no objetado por un per\u00edodo de tiempo igual al que es objeto del reclamo. De resolverse que el monto de la LSP objetada era el correcto, respecto del saldo impago se aplicar\u00e1n las disposiciones sobre mora en el pago de las LSP.<\/p>\n<p>III.- Prohibici\u00f3n de Suspender el suministro. La\u00a0distribuidora \u00a0no puede suspender el suministro al\u00a0usuario reclamante por el motivo objeto del reclamo hasta DIEZ (10) d\u00edas h\u00e1biles administrativos REGLAMENTO DE SUMINISTRO DE LA ENERG\u00cdA EL\u00c9CTRICA PARA LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EDENOR S.A Y EDESUR S.A posteriores a la fecha de notificaci\u00f3n al\u00a0usuario de la resoluci\u00f3n adoptada. En caso de que el\u00a0usuario \u00a0haya recurrido al ENRE por disconformidad con la resoluci\u00f3n adoptada por la distribuidora , el suministro no se podr\u00e1 suspender por el motivo objeto del reclamo, hasta tanto se expida el ENRE en forma definitiva o el \u00f3rgano competente de resolver la alzada si este recurso fuese interpuesto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Directorio del ENRE informa que las distribuidoras EDENOR S.A. y EDESUR S.A. no podr\u00e1n denunciar ante el VERAZ, o ante cualquier otro banco de datos, a los usuarios que tengan reclamos iniciados ante el Ente pendientes de resoluci\u00f3n y hayan efectuado pagos a cuenta en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 4\u00b0 Obligaciones de la empresa [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4073,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[11,33],"tags":[],"class_list":["post-4072","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad","category-sociedad-y-cultura-2"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4072"}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4072"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4072\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4073"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4072"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4072"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4072"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}