{"id":4447,"date":"2019-05-17T03:00:00","date_gmt":"2019-05-17T06:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2019\/05\/17\/ciudad-crearon-un-regimen-de-patrocinio\/"},"modified":"2019-05-17T03:00:00","modified_gmt":"2019-05-17T06:00:00","slug":"ciudad-crearon-un-regimen-de-patrocinio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2019\/05\/17\/ciudad-crearon-un-regimen-de-patrocinio\/","title":{"rendered":"Ciudad: Crearon un r\u00e9gimen de patrocinio"},"content":{"rendered":"<p>Por iniciativa del bloque Vamos Juntos y con despacho de la Comisi\u00f3n de Presupuesto, los legisladores porte\u00f1os sancionaron ayer jueves la ley que crea el \u201cR\u00e9gimen de Patrocinio de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires\u201d. Se aprob\u00f3 por 31 votos positivos de la bancada oficialista y 24 negativos del resto de los legisladores. Dicha norma, tal como expresa su art\u00edculo primero, se propone \u201cpropiciar la participaci\u00f3n de personas humanas o jur\u00eddicas de car\u00e1cter privado en el Sector P\u00fablico\u201d y define como Patrocinio \u201cal aporte econ\u00f3mico de car\u00e1cter no tributario que realicen las personas humanas o jur\u00eddicas de car\u00e1cter privado en contraprestaci\u00f3n a la difusi\u00f3n del nombre, denominaci\u00f3n, marca, imagen, productos y\/o servicios del patrocinador\u201d.<\/p>\n<p>El proyecto fue de autor\u00eda conjunta de los legisladores Diego Garc\u00eda Vilas, Maximiliano Ferraro y Agust\u00edn Forchieri (VJ) y lleg\u00f3 al recinto de sesiones con despacho de la Comisi\u00f3n de Presupuesto, que conduce la legisladora\u00a0 Paula Villalba (VJ).La ley determina que los \u201cactivos patrocinarles\u201d son: Programas, eventos y\/o actividades de car\u00e1cter cultural, educativo, tur\u00edstico, social, tecnol\u00f3gico, comercial, deportivo y\/o recreativo.<br \/>Sedes e instalaciones.<\/p>\n<p>Restauraciones de entornos urbanos, edificios, monumentos, fuentes ornamentales, esculturas y toda clase de bienes muebles o inmuebles de inter\u00e9s hist\u00f3rico, art\u00edstico o cultural.Campa\u00f1as de comunicaci\u00f3n, concienciaci\u00f3n y prevenci\u00f3n en materia de salud, educaci\u00f3n, cultura, seguridad vial y medio ambiente.En cuanto a los aportes de los privados, se estipul\u00f3 en la ley que podr\u00e1n \u201cconsistir en una contribuci\u00f3n en dinero y\/o en la provisi\u00f3n de bienes y\/o servicios. La provisi\u00f3n de bienes y\/o servicios deber\u00e1 servir a un fin p\u00fablico y guardar relaci\u00f3n econ\u00f3mica con el patrocinio\u201d. A cambio, el gobierno de la Ciudad podr\u00e1 publicitar el nombre y las actividades del patrocinador, sus productos o servicios.<\/p>\n<p>La autoridad de aplicaci\u00f3n, que la determinar\u00e1 el Poder Ejecutivo, \u201cdefinir\u00e1 los l\u00edmites, las condiciones de seguridad y las pautas de estilo de la presencia del Patrocinador, priorizando el car\u00e1cter p\u00fablico del activo patrocinado y su valor patrimonial\u201d. Tambi\u00e9n se le otorga a esa autoridad la atribuci\u00f3n de aplicar penalidades y sanciones, suspender o rescindir los convenios. Los anuncios -previene la ley- deber\u00e1n ser colocados en estructuras temporales e indefectiblemente retirados a su finalizaci\u00f3n (de la actividad patrocinada) y \u201cno podr\u00e1 ser superior al espacio que ocupa la comunicaci\u00f3n institucional que contiene el activo patrocinado\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl espacio destinado a dar a conocer la persona del patrocinador en las campa\u00f1as de comunicaci\u00f3n, concienciaci\u00f3n y prevenci\u00f3n en materia de salud, educaci\u00f3n, cultura, seguridad vial y medio ambiente, no podr\u00e1 ser superior al 20% del total de cada anuncio\u201d, es otra de las acotaciones. No podr\u00e1n ser patrocinantes todas las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas inhabilitadas por la ley de compras y contrataciones de la Ciudad; tampoco los partidos pol\u00edticos o candidatos a cargos electivos; ni agentes o funcionarios p\u00fabicos. No podr\u00e1 tampoco publicitarse propuestas o propaganda pol\u00edtico partidaria.<\/p>\n<p>La norma sancionada, a su vez, prescribe que los anuncios que se difundan no pueden atentar contra la dignidad de las personas y vulnerar derechos o garant\u00edas consagrados constitucionalmente, as\u00ed como queda prohibido \u201cpromover conductas discriminatorias, violentas o perjudiciales para la salud y\/o el medio ambiente que puedan afectar la dignidad de las personas y\/o menoscabar la imagen institucional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires\u201d.<\/p>\n<p>Durante el debate, el legislador Maximiliano Ferraro (VJ) hizo de miembro informante y dio a conocer los detalles del proyecto que se iba a votar. Concluy\u00f3 que la norma propuesta &quot;permitir\u00e1 aumentar la responsabilidad social empresaria y financiar acciones p\u00fablicas en beneficio de toda la sociedad&quot;. Garc\u00eda Vilas, en tanto, cerr\u00f3 la lista de oradores con refutaciones a las cr\u00edticas opositoras.<br \/>Desde todos los bloques de la oposici\u00f3n se argumentaron razones para oponerse a la iniciativa oficialista. Hablaron al respecto Javier Andrade (UC), Marcelo Gouoman (Ev), Mar\u00eda Rosa Mui\u00f1os (BP), Roy Cortina (PS), Carlos Abrevaya (Gen), Marcelo Depierro (MJ), Laura Marrone (IS) y Gabriel Solano (FIT).<\/p>\n<p>Las cr\u00edticas refer\u00edan a los supuestos fines recaudatorios injustificados, la falta de control parlamentario de los convenios que se suscriban entre el Estado de la Ciudad y los particulares, el riesgo de que el esponsoreo influya en los cursos de acci\u00f3n pol\u00edtica en materias sensibles como educaci\u00f3n, salud, justicia, cultura y otros, que se permiten muchas discrecionalidades de la autoridad de aplicaci\u00f3n, que no queda claro cu\u00e1les son los objetivos que se buscan, que se tratar\u00eda de &quot;un avance privatizador&quot; y que no hay claridad respecto de los l\u00edmites para aplicar el patrocinio.<\/p>\n<p>&quot;Parece que los bloques opositores est\u00e1n refiri\u00e9ndose a otra ley -replic\u00f3 el legislador Garc\u00eda Vilas- porque est\u00e1 claro que el gobierno tiene responsabilidad y hay un Estado presente&quot;. Aclar\u00f3 seguidamente que &quot;la norma tiene l\u00edmites muy claros&quot;, que cada patrocinio deber\u00e1 tener un previo convenio entre las partes, cuyo contenido ser\u00e1 dado a publicidad y hay disposiciones sobre el uso racional y eficiente de los recursos. Apunt\u00f3 que la ley estipula que el patrocinio debe &quot;servir a un fin p\u00fablico&quot; y que se debe &quot;priorizar el car\u00e1cter p\u00fablico del activo patrocinado y su valor patrimonial&quot;.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por iniciativa del bloque Vamos Juntos y con despacho de la Comisi\u00f3n de Presupuesto, los legisladores porte\u00f1os sancionaron ayer jueves la ley que crea el \u201cR\u00e9gimen de Patrocinio de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires\u201d. Se aprob\u00f3 por 31 votos positivos de la bancada oficialista y 24 negativos del resto de los legisladores. 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