{"id":5175,"date":"2019-11-28T03:00:00","date_gmt":"2019-11-28T06:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2019\/11\/28\/declaran-inconstitucional-decreto-del-poder-ejecutivo\/"},"modified":"2019-11-28T03:00:00","modified_gmt":"2019-11-28T06:00:00","slug":"declaran-inconstitucional-decreto-del-poder-ejecutivo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2019\/11\/28\/declaran-inconstitucional-decreto-del-poder-ejecutivo\/","title":{"rendered":"Declaran inconstitucional decreto del Poder Ejecutivo"},"content":{"rendered":"<p>Los comuneros del Frente de Todos celebraron la sentencia judicial que declara la inconstitucionalidad del Decreto 251\/14, a trav\u00e9s del cual el Poder Ejecutivo hab\u00eda creado los cargos de gerentes y subgerentes para realizar las tareas correspondientes a los presidentes y juntistas de las quince comunas de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires. &quot;Recibimos esta noticia como un alivio porque desde hace m\u00e1s de cinco a\u00f1os desde la Legislatura y\u00a0 desde las comunas se viene denunciando el atropello del Poder Ejecutivo sobre las Juntas Comunales, cuyos integrantes fueron elegidos por el voto popular de los vecinos de la Ciudad&quot;, expresaron.<\/p>\n<p>&quot;Sentimos satisfacci\u00f3n por la pelea ganada en favor de la descentralizaci\u00f3n y la democracia participativa, resultado de una acci\u00f3n colectiva realizada en conjunto por los comuneros que asumieron en 2011 y los que asumieron en 2015. Sin embargo, nos queda el sabor amargo de que esto se haya tenido que resolver en la Justicia&quot;, agregaron los comuneros. El Decreto 251\/14, firmado por el entonces Jefe de Gobierno y actual presidente de la Naci\u00f3n, Mauricio Macri, fue declarado inconstitucional por el juzgado en 1ra Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N\u00b0 23, a cargo del Juez, Francisco Ferrer. El mismo habilitaba a funcionarios designados por el Poder Ejecutivo a realizar todas las funciones que la Constituci\u00f3n de la Ciudad otorga a los juntistas comunales.<\/p>\n<p>Por ejemplo, la elaboraci\u00f3n del presupuesto comunal, el manejo del personal de la Comuna, y la realizaci\u00f3n de\u00a0 obras nuevas, el mantenimiento de espacios urbanos y espacios verdes y espacios p\u00fablicos, entre otros.Espec\u00edficamente, el decreto dispon\u00eda la creaci\u00f3n de las figuras de Gerente Operativo de Gesti\u00f3n Administrativa y Gerente Operativo de Gesti\u00f3n Comunal, al cual se hab\u00edan sumado los cargos de Subgerente Operativo de Participaci\u00f3n Vecinal y Atenci\u00f3n Vecinal y Subgerente Operativo de Control Comunal y de Obras. Cabe destacar, que en julio de 2014 la Legislatura porte\u00f1a hab\u00eda aprobado un pedido de informes al respecto y un repudio al Decreto, impulsados por la actual presidenta del Bloque Peronista, Mar\u00eda Rosa Mui\u00f1os, quien por entonces presid\u00eda la Comisi\u00f3n de Descentralizaci\u00f3n y Participaci\u00f3n Ciudadana.<\/p>\n<p>Por su parte, los comuneros de la gesti\u00f3n 2011-2015, Edith Oviedo, Alejandro Szer, Mar\u00eda de los \u00c1ngeles Su\u00e1rez, Ra\u00fal S\u00e1nchez, Carlos Ben\u00edtez, Mar\u00eda Laura Corval\u00e1n, Ondina Fraga, Ariel Angrisano, Carlos Nicol\u00e1s Gullo, Felisa Marinaro, M\u00f3nica Menghini, Claudio Pandolfi, Facundo Roma, Her\u00e1n Miguez, Aixa Rocha, Leonardo Far\u00edas, Cynthia Salama, Carlos Eusebi, Delfina Vel\u00e1zquez, Pablo Ortiz Maldonado, Julieta Costa D\u00edaz, Carlos Funes, Gonzalo Toyos Mart\u00ednez, Camila Rodr\u00edguez, Carlos Grisafi, Ricardo Cuneo y vecinos iniciaron una acci\u00f3n de amparo con el patrocinio letrado del Dr. Alejandro Bietti, a la que luego se sumaron los de la gesti\u00f3n 2015-2019, Gabriel S\u00e1nchez, Laureano Bielsa, Gabriel Zicolillo, Mario Reina, Mabel Quiroga, Mariano Henares y Diego Sokolowicz.<\/p>\n<p>La sentencia, que lleva la firma del Juez Ferrer, concluye que &quot;la pretensi\u00f3n del Poder Ejecutivo de avanzar, a trav\u00e9s del decreto 251\/GCABA\/2014, sobre la estructura organizativa establecida para las comunas por el Poder Legislativo en ejercicio de atribuciones propias y comprometiendo el ejercicio de atribuciones de las Comunas (en cuanto a trav\u00e9s de sus propias Juntas Comunales eran las \u00fanicas habilitadas a establecer \u00e1reas de gesti\u00f3n adicionales), resulta manifiestamente ileg\u00edtima y merece ser tachada de inconstitucional&quot;. Adem\u00e1s, determina que &quot;id\u00e9ntico reproche merece la pretensi\u00f3n del Poder Ejecutivo de reglar la organizaci\u00f3n de las Comunas respecto al modo en que ejercen competencias exclusivas (atribuyendo injerencia sobre ellas a las Gerencias).<\/p>\n<p>La organizaci\u00f3n propuesta, supone tambi\u00e9n una violaci\u00f3n a la prohibici\u00f3n que pesa sobre el Poder Ejecutivo de \u201cejercer las funciones derivadas de las competencias exclusivas de las Comunas\u201d.Como consideraci\u00f3n adicional, la misma sostiene que &quot;al crear las Gerencias y Subgerencias antes, el Poder Ejecutivo frustr\u00f3 las condiciones de posibilidad de alcanzar el objetivo de rescatar las identidades y fisionom\u00eda de cada barrio para el que se crearon las Comunas&quot;. &quot;Esta sentencia sienta un precedente para que el Poder Ejecutivo sepa que no puede pasar por encima de la Legislatura ni del trabajo y las competencias de los comuneros. Debemos defender la autonom\u00eda de las comunas. En ese sentido, es muy importante contar a partir de ahora con dos presidentes comunales del Frente de Todos y que se termine con la concepci\u00f3n de que quienes presiden las Juntas deben responder al Poder Ejecutivo&quot;, concluyeron los comuneros del Frente de Todos<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los comuneros del Frente de Todos celebraron la sentencia judicial que declara la inconstitucionalidad del Decreto 251\/14, a trav\u00e9s del cual el Poder Ejecutivo hab\u00eda creado los cargos de gerentes y subgerentes para realizar las tareas correspondientes a los presidentes y juntistas de las quince comunas de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires. &quot;Recibimos esta [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3048,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[11,32],"tags":[],"class_list":["post-5175","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad","category-comunas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5175"}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5175"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5175\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3048"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5175"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5175"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5175"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}