{"id":5214,"date":"2019-11-25T03:28:14","date_gmt":"2019-11-25T06:28:14","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2019\/11\/25\/cambian-estacion-villa-crespo-y-triangulo-salguero\/"},"modified":"2019-11-25T03:28:14","modified_gmt":"2019-11-25T06:28:14","slug":"cambian-estacion-villa-crespo-y-triangulo-salguero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2019\/11\/25\/cambian-estacion-villa-crespo-y-triangulo-salguero\/","title":{"rendered":"Cambian: Estaci\u00f3n Villa Crespo y Tri\u00e1ngulo Salguero"},"content":{"rendered":"<p>El Cuerpo Parlamentario aprob\u00f3 en primera lectura el proyecto que enviara el Poder Ejecutivo propiciando el cambio de zonificaci\u00f3n para el sector denominado &quot;Estaci\u00f3n Villa Crespo&quot; situado en la l\u00ednea del Ferrocarril San Mart\u00edn a la altura de la intersecci\u00f3n con la avenida Corrientes, entre avenida Dorrego y calle Humboldt &#8211; Comuna 15. En este sector se encuentran inmuebles que forman parte del Convenio celebrado entre el Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n, la Agencia de Bienes del Estado y el Gobierno de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires registrado bajo el N\u00b0 32315238 y oportunamente sancionado como Ley N\u00b0 6.131.<\/p>\n<p>Seg\u00fan se explic\u00f3 estos predios identificados como dos parcelas de la Manzana 162 A no tienen actividad ferroviaria y &quot;de acuerdo a la caracterizaci\u00f3n de las condiciones urban\u00edsticas, socioecon\u00f3micas y ambientales se considera que las normas que conforman este proyecto permiten la integraci\u00f3n arm\u00f3nica entre el tejido, el uso y la din\u00e1mica propia de una estaci\u00f3n intermedia de ferrocarril, a trav\u00e9s de la mitigaci\u00f3n y\/o reducci\u00f3n de los efectos negativos, por lo que se propone la desafectaci\u00f3n de la Manzana 162A, Secci\u00f3n 47, Circunscripci\u00f3n 15, de los t\u00e9rminos del punto 4.3.2 &quot;Afectaci\u00f3n a Ensanche en V\u00edas de Ferrocarril General San Mart\u00edn y Domingo Faustino Sarmiento&quot; del T\u00edtulo 4 &quot;Cesiones de Espacio P\u00fablico, Parcelamiento y Apertura de V\u00edas P\u00fablicas&quot; del C\u00f3digo Urban\u00edstico&quot; vigente.<\/p>\n<p>Asimismo, componen esta iniciativa la incorporaci\u00f3n de las Parcelas 35d y 35b, Manzana 162 A, Secci\u00f3n 47, Circunscripci\u00f3n 15, al punto 5 &quot;Urbanizaciones determinadas (U)&quot; del Anexo II &quot;\u00c1reas Especiales Individualizadas&quot; del C\u00f3digo Urban\u00edstico el \u00e1rea U N\u00b0 (a designar)-Entorno Estaci\u00f3n Villa Crespo, con la finalidad de establecer o preservar conjuntos urbanos de caracter\u00edsticas diferenciales, objeto de regulaci\u00f3n integral en materia de uso, ocupaci\u00f3n, subdivisi\u00f3n del suelo y pl\u00e1stica urbana.<\/p>\n<p>Respecto a la afectaci\u00f3n de la apertura de la calle Camargo, el Ejecutivo &quot;considera necesaria su ejecuci\u00f3n parcial entre Humboldt y la proyecci\u00f3n de las v\u00edas elevadas del Ferrocarril San Mart\u00edn, a los fines de facilitar la permeabilidad y caminabilidad de la manzana en cuesti\u00f3n, como tambi\u00e9n la presencia dentro de la misma, del estadio del Club Atl\u00e9tico Atlanta, un micro estadio para eventos cerrado y la estaci\u00f3n Villa Crespo, todos ellos usos de gran afluencia de p\u00fablico concentrada en el tiempo&quot;.<\/p>\n<p>En este sentido, se propone la modificaci\u00f3n del Cuadro N\u00b0 5.5b del C\u00f3digo Urban\u00edstico &quot;Arterias sujetas a apertura con declaraci\u00f3n de utilidad p\u00fablica y sujeci\u00f3n a expropiaci\u00f3n de las parcelas o partes necesarias a aquellos fines&quot;, del punto 5.5 &quot;V\u00edas con afectaciones a aperturas o ensanches&quot; aprobado por Ley N\u00b0 6.099. Cabe destacar que el Gobierno de la Ciudad se rige por los lineamientos y acciones del Plan Urbano Ambiental contenido en la Ley N\u00b0 2.930, marco al que se ajusta la normativa urban\u00edstica y que constituye el instrumento t\u00e9cnico &#8211; pol\u00edtico para la identificaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las principales estrategias de ordenamiento y mejoramiento territorial y ambiental de la Ciudad.<\/p>\n<p>Entorno del Tri\u00e1ngulo Salguero<br \/>El predio tambi\u00e9n se encuentra entre los inmuebles que involucr\u00f3 el Convenio entre el Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n, la Agencia de Bienes del Estado y el Gobierno de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires que fuera aprobado por la Legislatura a trav\u00e9s de la Ley N\u00b0 6.131. El entorno del &quot;Tri\u00e1ngulo Salguero&quot; en la Costanera Norte -Comuna 14- se caracteriza por ser un \u00e1rea no residencial, consolidada con equipamientos de gran extensi\u00f3n. La zona posee bajos niveles de caminabilidad y se ve afectada por la presencia de importantes barreras urbanas como la Autopista Illia, las v\u00edas del ferrocarril y predios de gran tama\u00f1o.<\/p>\n<p>Todo ello actualmente, corresponde al distrito Urbanizaci\u00f3n Futura -UF del C\u00f3digo Urban\u00edstico, es decir son terrenos de propiedad p\u00fablica a\u00fan no urbanizados que se encuentran ocupados por instalaciones y usos pasibles de remoci\u00f3n futura sobre los que el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo propuso un cambio en la zonificaci\u00f3n, desafectar del \u00e1rea UF el pol\u00edgono B en el plano que figura como Anexo I y afectaci\u00f3n a \u00e1rea U N\u00b0 a designar &#8211; Centro Salguero, dot\u00e1ndola de normativa espec\u00edfica.<\/p>\n<p>Entre los objetivos informados que propician el cambio en la zonificaci\u00f3n &quot;se encuentra la posibilidad de generar nuevas urbanizaciones y espacios p\u00fablicos integrados a los grandes equipamientos urbanos existentes, promover la ocupaci\u00f3n del predio a fin de fomentar la mixtura de usos en la zona, favorecer la instalaci\u00f3n de usos complementarios a los vigentes en el entorno, crear una conexi\u00f3n vehicular-peatonal que genere continuidad con las \u00e1reas residenciales al sur de la Avenida Figueroa Alcorta, permitiendo la accesibilidad adecuada a los nuevos usos propuestos y generar pasos y conexiones que den permeabilidad a la barrera urbana de la Autopista Illia y las v\u00edas del Ferrocarril&quot;.<\/p>\n<p>Esta acci\u00f3n del Ejecutivo se enmarca en el cambio de la traza del Au Illia que acortar\u00e1 su recorrido para que no pase sobre el Barrio 31 de Retiro, en la Comuna 1. Las familias que viv\u00edan bajo la traza ir\u00e1n al complejo de viviendas Barrio YPF. Y se proyecta un Puente en Altura sobre el actual trazado, proyecto que se costear\u00e1 con un cr\u00e9dito del Banco Interamericano de Desarrollo -BID- avalado por la Legislatura. El Gobierno porte\u00f1o se rige por los lineamientos y las acciones del Plan Urbano Ambiental -Ley N\u00b0 2.930- que constituye el instrumento t\u00e9cnico-pol\u00edtico para la identificaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las principales estrategias de ordenamiento y mejoramiento territorial y ambiental de la Ciudad.<\/p>\n<p>Posturas en el Recinto<br \/>La oposici\u00f3n se manifest\u00f3 en contra de ambos proyectos y sostuvieron en general que el tratamiento de los temas fue demasiado apresurado. Adem\u00e1s denunciaron la privatizaci\u00f3n de la tierra p\u00fablica y el conflicto que sufren los vecinos de Villa Crespo por el cambio que est\u00e1 sucediendo en el barrio. En tanto, el diputado Andrade plante\u00f3 la preocupaci\u00f3n por la posible influencia del Tri\u00e1ngulo Salguero en la Autopista Arturo Umberto Illia. El proyecto de la Estaci\u00f3n Villa Crespo result\u00f3 aprobado con 31 votos positivos, 13 negativos de los bloques UC, BP, AyL, FIT e IZ, y 11 abstenciones de los legisladores\u00a0 Sergio Abrevaya (GEN), Hern\u00e1n Arce, Roy Cortina (PS), Claudio Cingolani, Maximiliano Ferraro, Cecilia Ferrero, Hern\u00e1n Reyes (VJ) y el bloque Evoluci\u00f3n. El proyecto de Tri\u00e1ngulo Salguero recibi\u00f3 41 votos positivos, 14 negativos de los bloques UC, BP, AyL, MC, IZ y FIT, y una abstenci\u00f3n del legislador Sergio Abrevaya (GEN).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Cuerpo Parlamentario aprob\u00f3 en primera lectura el proyecto que enviara el Poder Ejecutivo propiciando el cambio de zonificaci\u00f3n para el sector denominado &quot;Estaci\u00f3n Villa Crespo&quot; situado en la l\u00ednea del Ferrocarril San Mart\u00edn a la altura de la intersecci\u00f3n con la avenida Corrientes, entre avenida Dorrego y calle Humboldt &#8211; Comuna 15. 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