{"id":52971,"date":"2025-05-06T00:51:17","date_gmt":"2025-05-06T03:51:17","guid":{"rendered":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/?p=52971"},"modified":"2025-05-06T00:51:34","modified_gmt":"2025-05-06T03:51:34","slug":"argentina-bajo-observacion-de-la-oit-por-un-polemico-fallo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2025\/05\/06\/argentina-bajo-observacion-de-la-oit-por-un-polemico-fallo\/","title":{"rendered":"Argentina bajo observaci\u00f3n de la OIT por un pol\u00e9mico fallo"},"content":{"rendered":"<p>La Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT) se interes\u00f3 en un pol\u00e9mico caso que tom\u00f3 estado p\u00fablico y que puede generar un grave antecedente para el pa\u00eds en materia de violencia laboral.La C\u00e1mara V de Apelaciones en el Trabajo ratific\u00f3 que una trabajadora fue v\u00edctima de acoso laboral, pero determin\u00f3 que deber\u00e1 pagar el 60% de los gastos del juicio, incluyendo la defensa de su acosador. Por la gravedad del caso, el especialista en Normas Internacionales del Trabajo de la Oficina de la OIT para el Cono Sur, Sergio Paix\u00e3o Pardo y la Oficial de G\u00e9nero, Larraitz Lexartza, la convocaron a una reuni\u00f3n que se llev\u00f3 a cabo por zoom, en la que le recomendaron la intervenci\u00f3n de la Confederaci\u00f3n General del Trabajo de la Rep\u00fablica Argentina (CGT) y de los sindicatos de prensa, para elevar la alerta ante organismos internacionales, mientras se espera la definici\u00f3n del Recurso de Queja de la Secretar\u00eda Judicial 6 de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00abArgentina incumple el Convenio 190\u00bb, advirti\u00f3 ante la OIT la ex empleada de la Confederaci\u00f3n Argentina de la Mediana Empresa (CAME), v\u00edctima de acoso laboral por parte de la c\u00fapula de la entidad, y agreg\u00f3: \u00abSe usan los protocolos internos como tramperas, si denuncias que tu jefe te est\u00e1 acosando, te despiden\u00bb.<\/p>\n<p>Desde la organizaci\u00f3n, reconocieron que el Convenio 190, ratificado por ley 27.580, incluye, entre las recomendaciones, sancionar una ley sobre acoso laboral, que todav\u00eda no se ha debatido en el Congreso de la Naci\u00f3n. Tambi\u00e9n particip\u00f3 del encuentro la Dra Marisa Belluomini de la Oficina de Violencia Laboral del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que en primera instancia recepcion\u00f3 el caso y que tambi\u00e9n est\u00e1 haciendo su seguimiento con preocupaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Condena y Revictimizacu\u00f2n<\/strong><br \/>\nSeg\u00fan consta en la causa, el acoso comenz\u00f3 poco despu\u00e9s de que Alfredo Gonz\u00e1lez asumiera la presidencia de CAME. La denunciante present\u00f3 pruebas documentales y testimoniales que acreditaron una serie de acciones sistem\u00e1ticas de hostigamiento. Por ejemplo, sorpresivamente no se encontraba el CPU en su escritorio, blanquearon la contrase\u00f1a del correo para que no pueda acceder y hasta formaron un grupo de whatsapp donde se dirig\u00edan las labores al sector donde incluyeron a todo el equipo menos a ella -cuando era la jefa del \u00e1rea- para que no pueda estar al tanto de ninguna situaci\u00f3n referida a la comunicaci\u00f3n, le pidieron otorgue su usuario y contrase\u00f1a y hasta le ordenaron realice un viaje pero no le asignaban tarea.<\/p>\n<p>A 48 hs de denunciar los hechos siguiendo el C\u00f3digo de \u00c9tica de la entidad y ante organismos p\u00fablicos de violencia laboral, fue despedida. Esto ocurri\u00f3 en plena vigencia del decreto que prohib\u00eda los despidos durante la pandemia por COVID-19, y sin que tuviera sanciones previas en casi una d\u00e9cada de trabajo.<\/p>\n<p>Pero, en lugar de activar un protocolo interno para protegerla, el Secretario General, Ricardo Diab, recientemente electo presidente de CAME, le contest\u00f3: \u201c(El C\u00f3digo) te habilita a denunciar o decir cualquier cosa de cualquiera, porque te supon\u00e9s que te sent\u00eds, herida, despreciada?&#8230; para vos hay pruebas concretas, vos te sentiste as\u00ed y te lo respeto&#8230;\u201d. Acto seguido le cortaron la l\u00ednea de tel\u00e9fono que reportaron por \u201crobo o extrav\u00edo\u201d.<\/p>\n<p>Mientras que desde legales, su hijo Juan Pablo Diab le dijo: \u201cNo ten\u00e9s el derecho ni el deber, porque es al rev\u00e9s, el presidente es el due\u00f1o de todo\u2026\u201d. Todo esto qued\u00f3 grabado y aportado como prueba ante la justicia. Seg\u00fan se desprende de la causa, las acciones de acoso ten\u00edan como fin que abandone su puesto de trabajo, y la trabajadora apunt\u00f3 a la contrataci\u00f3n de una empresa externa por parte de las autoridades de CAME.<\/p>\n<p>En primera instancia, la jueza Mar\u00eda Elena L\u00f3pez concluy\u00f3 que fue un despido injustificado y que existi\u00f3 \u00abmobbing\u00bb. La Sala V de la C\u00e1mara de Apelaciones confirm\u00f3 ampliamente este \u00faltimo criterio, se\u00f1alando que las acciones de acoso laboral procedieron \u00abdirectamente de la c\u00fapula jer\u00e1rquica\u00bb. Pero en una decisi\u00f3n controvertida, los jueces Gabriel De Vedia y Beatriz Ferdman consideraron que el despido fue justificado debido a la negativa de la empleada a cumplir \u00f3rdenes. \u201c\u00bfQu\u00e9 \u00f3rdenes pod\u00eda incumplir si le quitaron el CPU, el correo electr\u00f3nico, la excluyeron de toda comunicaci\u00f3n y le cortaron la l\u00ednea de tel\u00e9fono?\u201d, detallaron desde la defensa.<\/p>\n<p>Los fundamentos de los jueces de C\u00e1mara se volvieron contradictorios:\u201cLa empresa requiri\u00f3 a la trabajadora, entregase su usuario y contrase\u00f1a para ingresar al sistema \u2026, lo que denota una acci\u00f3n impropia de la empleadora que pretend\u00eda acceder a ese sistema a trav\u00e9s de las credenciales de acceso que identificaban a la usuaria&#8230; En este sentido coincido con la trabajadora que la responsabilidad en el correcto uso de la herramienta inform\u00e1tica para realizar las actividades laborales le cabe a cada usuario del sistema y justamente por ser un sistema de identificaci\u00f3n de cada dependiente es personal\u201d, sostuvo el fallo, pero a\u00f1ade.<\/p>\n<p>\u201cAun considerando que los contactos de prensa aportados por la trabajadora eran datos personales, no puede olvidarse que fueron puestos al servicio de la demandada\u2026\u201d y \u201csi la trabajadora pretend\u00eda quitar de la base de datos sus contactos, debi\u00f3 acreditar que ello fue una condici\u00f3n previa pactada entre las partes\u201d, expuso el fallo. Es decir, para los jueces la empleadora no pod\u00eda pedirle su usuario y contrase\u00f1a pero s\u00ed acceder a su agenda personal almacenada en el sistema de correo, y esto lo invoca como motivo de despido justificado, por \u00abdesobediencia a cumplir \u00f3rdenes\u00bb.<\/p>\n<p>\u201cCon ese ins\u00f3lito criterio, cualquier periodista o jefe de prensa que sea contratado precisamente por sus contactos (construidos con a\u00f1os de trabajo previos), al utilizarlo para un nuevo trabajo pasar\u00edan a ser propiedad de la empresa, aunque su agenda haya sido previa a su contrataci\u00f3n y represente su capital de trabajo, como se demostr\u00f3 en este caso\u00bb, sostuvieron desde la defensa y agrega: \u00abAdem\u00e1s invierte arbitrariamente la carga de la prueba porque la empleadora no pudo demostrar ni que le entreg\u00f3 una agenda ni que su contrataci\u00f3n estaba condicionada a que entregue la suya\u00bb.<\/p>\n<p>\u201cEl mobbing en s\u00ed mismo debe considerarse como un despido indirecto, porque justamente la finalidad es que la trabajadora abandone su puesto de trabajo y la acosaban pidi\u00e9ndole sus pertenencias personales\u00bb, detallaron indignados por la decisi\u00f3n de los jueces de C\u00e1mara.<br \/>\nAs\u00ed, aunque condenaron a CAME a pagar m\u00e1s de 50 millones de pesos por da\u00f1os morales y diferencias salariales, tambi\u00e9n impusieron a la v\u00edctima el pago del 60% de las costas judiciales. Desde la defensa calificaron la resoluci\u00f3n como \u00abrevictimizante\u00bb porque la trabajadora que sufri\u00f3 el acoso le debe pagar los gastos de abogados y judiciales a su victimario.<\/p>\n<p><strong>Las mujeres las que m\u00e0s sufren acoso en el \u00e0mbito laboral<\/strong><br \/>\nLa Ley de Protecci\u00f3n Integral a Las Mujeres identifica como modalidad de violencia laboral \u201cel hostigamiento psicol\u00f3gico en forma sistem\u00e1tica sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusi\u00f3n laboral\u201d, tal como sucedi\u00f3 en este caso. Seg\u00fan una encuesta desarrollada por Bumeran, m\u00e1s de la mitad de las v\u00edctimas de acoso por parte de su jefe dijo no haber denunciado el hecho violento por miedo a perder el trabajo. El relevamiento revel\u00f3 que las mujeres que s\u00ed expusieron el hecho de violencia (ya sea en recursos humanos, con sus compa\u00f1eros o, incluso, con la persona que ejerci\u00f3 violencia) dijeron que ese relato tuvo consecuencias negativas: a m\u00e1s de la mitad la echaron del trabajo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT) se interes\u00f3 en un pol\u00e9mico caso que tom\u00f3 estado p\u00fablico y que puede generar un grave antecedente para el pa\u00eds en materia de violencia laboral.La C\u00e1mara V de Apelaciones en el Trabajo ratific\u00f3 que una trabajadora fue v\u00edctima de acoso laboral, pero determin\u00f3 que deber\u00e1 pagar el 60% de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":52973,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[11,1,33],"tags":[],"class_list":["post-52971","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad","category-sin-categoria","category-sociedad-y-cultura-2"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52971"}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52971"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52971\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":52974,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52971\/revisions\/52974"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/52973"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52971"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52971"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52971"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}