{"id":6429,"date":"2018-11-30T03:00:00","date_gmt":"2018-11-30T06:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2018\/11\/30\/habilitan-frentistas-a-demarcar-sus-garajes\/"},"modified":"2018-11-30T03:00:00","modified_gmt":"2018-11-30T06:00:00","slug":"habilitan-frentistas-a-demarcar-sus-garajes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2018\/11\/30\/habilitan-frentistas-a-demarcar-sus-garajes\/","title":{"rendered":"Habilitan: Frentistas a demarcar sus garajes"},"content":{"rendered":"<p>\u00a0<br \/>\nCon el fin de lograr una mayor visibilidad de sectores de ingreso y egreso de veh\u00edculos, la Legislatura aprob\u00f3 hoy una ley para que los frentistas puedan demarcar sus garajes indicando la prohibici\u00f3n de estacionamiento.Se podr\u00e1 delimitar el sector de ingreso y egreso de veh\u00edculos a la v\u00eda p\u00fablica mediante 2 l\u00edneas de un metro y medio de largo perpendiculares al cord\u00f3n, ubicadas medio metro de cada lado del ancho de la entrada. Estas l\u00edneas ser\u00e1n de trazo continuo, de color amarillo y de 10 cent\u00edmetros de ancho, estando prohibido el estacionamiento entre ellas. El sector correspondiente del cord\u00f3n tambi\u00e9n se pintar\u00e1 de amarillo.<br \/>\nSin embargo, la norma establece que la delimitaci\u00f3n se podr\u00e1 implementar \u00fanicamente cuando el tipo de calzada lo permita. Esto hace referencia al impedimento para las calles con adoquinado protegido, o por ejemplo aquellas que tengan ciclov\u00edas.Opcionalmente, el frentista podr\u00e1 solicitar la demarcaci\u00f3n de una l\u00ednea extra paralela al cord\u00f3n, ante la autoridad de aplicaci\u00f3n, quien determinar\u00e1 la procedencia en cada caso. Los trabajos ser\u00e1n llevados a cabo por el frentista, a su costo, debiendo respetar en todos los casos el color y las dimensiones de la l\u00ednea establecidas.<br \/>\n\u00abCon el fin de colaborar con la soluci\u00f3n de situaciones indeseadas, es menester la demarcaci\u00f3n de cajones en la calzada y el pintado del cord\u00f3n de vereda en las entradas de los garajes o estacionamientos particulares con el fin de lograr una mayor visibilidad en estos sectores de ingreso y egreso de veh\u00edculos\u00bb, explican los fundamentos del proyecto impulsado por el\u00a0 legislador \u00a0Sergio Abrevaya (GEN). La norma fue aprobada con 53 votos positivos sobre un despacho emitido por la Comisi\u00f3n de Tr\u00e1nsito y Transporte que preside la\u00a0legisladora \u00a0Cristina Garc\u00eda (VJ).<br \/>\nCambios a la ley de est\u00edmulos para el reordenamiento del Transporte de Cargas<br \/>\nLa Legislatura aprob\u00f3 ayer modificaciones a la Ley N\u00b0 4.348 de Est\u00edmulos para el Reordenamiento y Mejores Pr\u00e1cticas del Transporte de Cargas de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, a fin de determinar el modo de aplicaci\u00f3n de los beneficios fiscales otorgados a los beneficiarios inscriptos ante el Registro de Empresas de Log\u00edstica Promovida (RELP), regulando un vac\u00edo legal en la normativa referida y estableciendo una modalidad adecuada de accionar por parte de la autoridad de aplicaci\u00f3n frente a tales supuestos.<br \/>\nSe busca establecer un mecanismo determinado otorgando una regulaci\u00f3n y previsibilidad necesaria para todos aquellos beneficiarios, desarrolladores y futuros interesados en acogerse a dicho r\u00e9gimen de reordenamiento del transporte de cargas y as\u00ed poder optar por un mayor desarrollo de sus actividades log\u00edsticas en la Ciudad de Buenos Aires. La iniciativa fue impulsada por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodr\u00edguez Larreta y aprobada con 41 votos positivos, 9 negativos de los bloques UC y AyL y 5 abstenciones de BP.<br \/>\nEl primer art\u00edculo de la ley sostiene: \u00abEstar\u00e1n exentos del pago de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras establecidas en el T\u00edtulo III del C\u00f3digo Fiscal, durante un plazo de diez (10) a\u00f1os, los predios que cuenten con la aprobaci\u00f3n Legislativa correspondiente. En aquellos Centros Concentradores de Log\u00edstica (CCL) en los cuales los Usuarios hayan obtenido inscripci\u00f3n definitiva en el RELP y resulten Beneficiarios de los incentivos promocionales previstos en esta Ley y en los que el Desarrollador no est\u00e9 alcanzado por tales incentivos promocionales, la exenci\u00f3n al pago de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza establecidas en el C\u00f3digo Fiscal ser\u00e1n computadas solamente por las \u00e1reas que se acrediten en efectivo uso por el Usuario en el CCL, correspondiendo al Desarrollador o titular del predio el pago de tales contribuciones por el resto de las \u00e1reas afectadas a su propio uso.\u00bb<br \/>\nEn tanto, el art\u00edculo dos establece: \u00abEl monto del impuesto susceptible de ser diferido en cada per\u00edodo fiscal, debe ser cancelado por el beneficiario a los dos (2) a\u00f1os contados desde el vencimiento general para pagar el impuesto correspondiente a cada per\u00edodo fiscal, aplicando sobre las sumas diferidas las actualizaciones, intereses y multas correspondientes en la forma y condiciones que determine la reglamentaci\u00f3n\u00bb.<br \/>\n\u00abSin perjuicio de ello, en la medida en que el beneficiario de la inscripci\u00f3n provisoria cuente con un expediente de inscripci\u00f3n definitiva en tr\u00e1mite ante la autoridad de aplicaci\u00f3n, los montos diferidos no resultar\u00e1n exigibles hasta tanto se resuelva su situaci\u00f3n, ya sea mediante su inscripci\u00f3n definitiva al RELP, el rechazo de la misma, el desistimiento, la caducidad u otro modo de terminaci\u00f3n del procedimiento, lo cual en estos \u00faltimos casos acarrear\u00e1 la obligaci\u00f3n de pago establecida en el primer p\u00e1rrafo del presente art\u00edculo. El plazo m\u00e1ximo que tendr\u00e1 el beneficiario para obtener la inscripci\u00f3n definitiva ser\u00e1 de cuatro (4) meses a contar desde la fecha de vencimiento de la inscripci\u00f3n provisoria, prorrogables en la medida que mediare una razonable y justificada demora por parte del administrado en la obtenci\u00f3n de la misma.\u00bb<br \/>\nFinalmente, una cl\u00e1usula transitoria menciona que \u00abpara todos aquellos beneficiarios que hubieran obtenido su inscripci\u00f3n provisoria en el RELP con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma, el beneficio establecido en el art\u00edculo 17 de la Ley N\u00b0 4.348 (texto consolidado por Ley N\u00b0 6.017) operar\u00e1 de forma autom\u00e1tica luego de haber transcurrido el plazo de dos (2) a\u00f1os establecido en el art\u00edculo 15, siempre que el beneficiario haya iniciado su tr\u00e1mite de inscripci\u00f3n definitiva con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley y obtenga la misma en un plazo no mayor a cuatro (4) meses de la entrada en vigencia de la presente modificaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 Con el fin de lograr una mayor visibilidad de sectores de ingreso y egreso de veh\u00edculos, la Legislatura aprob\u00f3 hoy una ley para que los frentistas puedan demarcar sus garajes indicando la prohibici\u00f3n de estacionamiento.Se podr\u00e1 delimitar el sector de ingreso y egreso de veh\u00edculos a la v\u00eda p\u00fablica mediante 2 l\u00edneas de un [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[11,32],"tags":[],"class_list":["post-6429","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-ciudad","category-comunas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6429"}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6429"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6429\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6429"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6429"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6429"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}