{"id":6529,"date":"2018-08-21T03:00:00","date_gmt":"2018-08-21T06:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2018\/08\/21\/juegos-olimpicos-sin-patrocinio-de-coca-cola\/"},"modified":"2018-08-21T03:00:00","modified_gmt":"2018-08-21T06:00:00","slug":"juegos-olimpicos-sin-patrocinio-de-coca-cola","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2018\/08\/21\/juegos-olimpicos-sin-patrocinio-de-coca-cola\/","title":{"rendered":"Juegos Ol\u00edmpicos: Sin patrocinio de \u00abCoca &#8211; Cola?"},"content":{"rendered":"<p>\u00a0<br \/>\nLos Juegos se desarrollar\u00e1 en octubre en la Ciudad de Buenos Aires. Las organizaciones y referentes sostienen que es una contradicci\u00f3n que una empresa de bebidas azucaradas patrocine y publicite sus productos no saludables en un evento deportivo al que asistir\u00e1n m\u00e1s de 4000 chicas y chicos. En el marco del D\u00eda del Ni\u00f1o, que se celebr\u00f3 el pasado domingo, m\u00e1s de 160 organizaciones y referentes nacionales e internacionales que trabajan en el \u00e1mbito de la salud lanzaron una declaraci\u00f3n\u00a0 para que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires retire el patrocinio de Coca Cola de los Juegos Ol\u00edmpicos de la Juventud.<br \/>\nEntre otros puntos, sostienen que la promoci\u00f3n de bebidas azucaradas en este tipo de eventos puede instalar pr\u00e1cticas de hidrataci\u00f3n poco saludables que pueden perdurar a lo largo de toda la vida y, a su vez, puede socavar los beneficios para la salud que aporta la pr\u00e1ctica de actividad f\u00edsica. La declaraci\u00f3n, adem\u00e1s, detalla que las estrategias de marketing, incluyendo el patrocinio de eventos deportivos, por parte de las empresas de bebidas azucaradas constituyen un determinante m\u00e1s de las elecciones de consumo y que los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes (NNyA) son una poblaci\u00f3n vulnerable a este tipo de publicidad.<br \/>\nEl texto tambi\u00e9n se\u00f1ala que una de las principales fuentes de consumo de az\u00facar agregado es el consumo de bebidas azucaradas y que Argentina lidera el ranking mundial de consumo de este producto, con 137 litros per c\u00e1pita por a\u00f1o. Justamente estas bebidas son uno de los principales factores que promueven el aumento de peso y la obesidad. En la Argentina, el exceso de peso en adolescentes entre 13 y 15 a\u00f1os es de 28,6% (sobrepeso 22,7% y obesidad 5,9%), seg\u00fan la Encuesta Mundial de Salud Escolar (2012). La epidemia golpea m\u00e1s a los sectores vulnerables: los adolescentes de nivel socioecon\u00f3mico m\u00e1s bajo tienen un 31% m\u00e1s de probabilidades de sobrepeso respecto a los adolescentes del nivel socioecon\u00f3mico m\u00e1s alto, seg\u00fan un ESTUDIO de FIC Argentina y UNICEF Argentina.<br \/>\nEl accionar de los gobiernos es fundamental para revertir esta tendencia, proteger a NNyA y garantizar su derecho a la salud y a la alimentaci\u00f3n adecuada. Por ese motivo, en la declaraci\u00f3n las organizaciones le exigen al Gobierno de la Ciudad de Buenos que retire de los Juegos Ol\u00edmpicos de la Juventud el patrocinio de la empresa Coca Cola y arbitre las medidas necesarias para proteger a los NNyA de la exposici\u00f3n al marketing y patrocinio de alimentos y bebidas no saludables.<br \/>\nLa Convenci\u00f3n de los Derechos del Ni\u00f1o en el art\u00edculo 24 establece la obligaci\u00f3n del Estado de garantizar el derecho a la salud de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes. De esta manera, el Comit\u00e9 de los derechos del Ni\u00f1o, en su Comentario General N\u00b0 15 aconseja a los Estados que, en el marco de la garant\u00eda del derecho a la salud, tomen medidas para proteger a los ni\u00f1os de las violaciones del derecho a la salud por parte de terceros, en particular \u00abla regulaci\u00f3n de la publicidad y venta de sustancias perjudiciales para la salud de los ni\u00f1os y la regulaci\u00f3n de la promoci\u00f3n de dichos productos en lugares donde se congregan los ni\u00f1os, as\u00ed como en los medios y las publicaciones a las que acceden los ni\u00f1os\u00bb.<br \/>\nEn el \u00e1mbito de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N\u00b0 153 dispone que la garant\u00eda del derecho a la salud integral se sustenta en el \u00abdesarrollo de una cultura de la salud\u00bb (art. 3) y que el subsector estatal de salud debe \u00abcontribuir al cambio de los h\u00e1bitos, costumbres y actitudes que afectan a la salud\u00bb (art. 14). Por su parte, la Ley N\u00b0 114 de Protecci\u00f3n Integral de los Derechos de Ni\u00f1os, Ni\u00f1as y Adolescentes establece que a los efectos de garantizar el disfrute del nivel m\u00e1s alto de salud el Gobierno debe adoptar medidas para \u00abcombatir las enfermedades y la malnutrici\u00f3n\u00bb (art. 23).<br \/>\nJonatan Baldiviezo, presidente del Observatorio del Derecho a la Ciudad declara que \u00abLa autorizaci\u00f3n del GCBA del esponsoreo de los Juegos Ol\u00edmpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 por parte de Coca Cola constituye una violaci\u00f3n a su deber de proteger a la ni\u00f1ez de la exposici\u00f3n y promoci\u00f3n de productos perjudiciales para la salud y m\u00e1s a\u00fan en un contexto de competencia deportiva, por este motivo, acudiremos a la justicia para evitar la configuraci\u00f3n de este contexto lesivo de los derechos de la ni\u00f1ez\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 Los Juegos se desarrollar\u00e1 en octubre en la Ciudad de Buenos Aires. 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