{"id":9559,"date":"2017-12-08T03:57:12","date_gmt":"2017-12-08T06:57:12","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesdebaires.com.ar\/wordpress\/index.php\/2017\/12\/08\/reglamentan-los-lugares-para-fiestas-infantiles\/"},"modified":"2017-12-08T03:57:12","modified_gmt":"2017-12-08T06:57:12","slug":"reglamentan-los-lugares-para-fiestas-infantiles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/2017\/12\/08\/reglamentan-los-lugares-para-fiestas-infantiles\/","title":{"rendered":"Reglamentan los lugares para fiestas infantiles"},"content":{"rendered":"<p>\u00a0<br \/>\nSe incorpor\u00f3 la categor\u00eda &quot;Centros de Entretenimiento Familiar&quot; en el Registro de Actividades Catalogadas y en la secci\u00f3n Espect\u00e1culos y diversiones p\u00fablicas, del C\u00f3digo de Habilitaciones y Verificaciones.La Legislatura aprob\u00f3 en primera lectura por 41 votos la reglamentaci\u00f3n del funcionamiento de los lugares destinados a la realizaci\u00f3n de fiestas infantiles en jurisdicci\u00f3n de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires con el fin de incluir la normativa referida a lo que pas\u00f3 a denominarse &quot;Centro de Entretenimiento Familiar&quot;.<br \/>\nSe incorpor\u00f3 esta categor\u00eda al C\u00f3digo de Planeamiento Urbano -Secci\u00f3n 1, as\u00ed como al Cuadro de Usos; y se agreg\u00f3 al Registro de Actividades Catalogadas como potencialmente contaminantes por Ruido y\/o vibraciones -RAC- del C\u00f3digo de Habilitaciones y Verificaciones, un nuevo cap\u00edtulo en la secci\u00f3n &quot;Espect\u00e1culos y diversiones p\u00fablicas&quot;. Se trata, como define la norma, del &quot;establecimiento emplazado en espacio cubierto \u2013pudiendo disponer de \u00e1reas al aire libre-, con juegos manuales de uso p\u00fablico individual colectivo (entendiendo por esto a aquellos instalados de manera permanente, que requieran para su utilizaci\u00f3n de despalazamientos, impulsos, manipulaci\u00f3n, o distintas formas de destreza y movimientos del usuario) as\u00ed como aquellos que dependan para su funcionamiento de dispositivos el\u00e9ctricos, electromec\u00e1nicos o electr\u00f3nicos, destinados al esparcimiento y recreaci\u00f3n de familias\u201d.<br \/>\n&quot;Este proyecto de ley busca darle ese marco normativo especial que se requiere para proteger a las familias que visitan estos lugares con el fin de garantizar su seguridad en los momentos de ocio tambi\u00e9n&quot;, explican los fundamentos de la iniciativa impulsada por los diputados Francisco Quintana y Agust\u00edn Forchieri (PRO).En esos lugares se permitir\u00e1n servicios de lunch y el despacho de bebidas e infusiones pero queda prohibida la tenencia o venta de alcohol. Se podr\u00e1n hacer all\u00ed fiestas privadas infantiles, &quot;garantizando la contenci\u00f3n de la actividad y seguridad de los menores&quot;. Y podr\u00e1 haber juegos como tejo, metegol, ping-pong, pista de patinaje, bowling, sapo, dardos y otros similares.<br \/>\nMediante la inclusi\u00f3n de la clasificaci\u00f3n \u201cCentro de Entretenimiento Familiar\u201d en el C\u00f3digo de Planeamiento Urbano y en el C\u00f3digo de Habilitaciones, se exigir\u00e1 la presencia de ciertas prestaciones como la disponibilidad de instalaciones sanitarias, contar con \u00f3ptimas condiciones de iluminaci\u00f3n, ofrecer un ambiente sano y seguro, ofrecer cobertura en caso de accidentes, contar con servicios m\u00e9dicos de emergencia y botiqu\u00edn de primeros auxilios, brindar seguridad mediante la presencia obligatoria y permanente de personal id\u00f3neo en el cuidado de los usuarios, entre otras. Adem\u00e1s, establece restricciones de ubicaci\u00f3n y normativa de acceso a menores dentro de los horarios establecidos.<br \/>\nEn este sentido, los Centros no podr\u00e1n instalarse a menos de doscientos metros de establecimientos educacionales primarios y secundarios, p\u00fablicos o privados, salvo que est\u00e9n localizados dentro de Galer\u00edas Comerciales, Paseo de Compras, Grandes Tiendas, Centro de Compras u otro establecimiento similar. Los espacios de entretenimiento deben tener acceso directo desde la v\u00eda p\u00fablica o funcionar en el interior de los establecimientos mencionados. En tanto, durante el per\u00edodo escolar queda prohibido de lunes a jueves el ingreso a menores de 16 a\u00f1os a partir de las 22 horas. En los restantes d\u00edas, feriados y sus v\u00edsperas del periodo escolar y fuera del mismo, la restricci\u00f3n al acceso a menores de 16 a\u00f1os regir\u00e1 a partir de las 24 horas. Dichas restricciones no ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n en el caso que los menores de 16 a\u00f1os ingresen acompa\u00f1ados de un mayor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 Se incorpor\u00f3 la categor\u00eda &quot;Centros de Entretenimiento Familiar&quot; en el Registro de Actividades Catalogadas y en la secci\u00f3n Espect\u00e1culos y diversiones p\u00fablicas, del C\u00f3digo de Habilitaciones y Verificaciones.La Legislatura aprob\u00f3 en primera lectura por 41 votos la reglamentaci\u00f3n del funcionamiento de los lugares destinados a la realizaci\u00f3n de fiestas infantiles en jurisdicci\u00f3n de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":9560,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[11,32],"tags":[],"class_list":["post-9559","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad","category-comunas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9559"}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9559"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9559\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9560"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9559"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9559"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesdebaires.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9559"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}