Tras el anuncio del Gobierno al “control popular” de los precios, ahora desde la Casa Rosada aseguran que tienen base legal para aplicar las fuertes sanciones pensadas para los supermercados que no respeten el congelamiento. Según el oficialismo, la ley de Defensa del Consumidor contempla -entre otras cosas- la clausura de todos los súper que no ofrezcan los 500 productos con precios máximos, estipulados para contener la inflación. Sin embargo, las entidades de usuarios aseguran que esas multas no podrán implementarse mientras no exista por escrito alguna resolución o marco legal que vincule a la dependencia oficial con los comercios, y su obligatoriedad de los congelar los precios.
El titular de Consumidores Libres, Héctor Polino, explicó: “Salvo que (el Gobierno) esté preparando un acuerdo de referencia, las multas no se pueden aplicar porque no existe ninguna disposición por escrito sobre el acuerdo con los supermercados”, detalló. En contraposición, desde la secretaria que conduce Guillermo moreno, sostienen que existe un artículo de la Ley 24.240, en su última versión del año 2008, que menciona “la oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice debiendo contener la fecha precisa de comienzo y finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones”. En este caso “la oferta” serían los 500 productos con precios máximos. Las multas previstas en la ley sólo serían aplicables a través de la Subsecretaria de Defensa del Consumidor, presidida por María Lucila “Pimpi” Colombo.