Esta primera Audiencia y las siguientes fueron encabezadas por la presidenta de la Comisión de Planeamiento Urbano, diputada Karina Spalla (PRO) quien estuvo acompañada por sus pares Helio Rebot (PRO), Mateo Romeo (FpV) y Gabriela Seijo (PRO). "Distintas generaciones hemos venido trabajando para estar dentro de la ley" subrayó una señora emocionada al ver que la actividad a la que dedica horas y horas de vida fue tenida en cuenta en este proyecto de ley. "Es importante regularizar los planos y felicito al equipo de la Comisión de Planeamiento Urbano", subrayó un dirigente de FEDECIBA, que además solicitó que se revea la restricción incluida en el proyecto para el desarrollo de actividades comerciales. En ese sentido subrayó "los clubes tienen bufetes que dan de comer a quienes trabajan en la zona o a los vecinos porque con las cuotas sociales no se mantienen las instalaciones".
Se sumó a esta posición otro dirigente de un club del barrio Agronomía, padre de tres hijos que practican deporte. Insistió en lo difícil que es gestionar estas instituciones por "su poca infraestructura, pocas canchas, porque es caro tener equipos federados y porque las cuotas sociales deben ser económicas" y finalizó recordando que además de ocuparse de lo deportivo están abiertos para que "asistan los jubilados, para dar apoyo escolar, cumpliendo una función social". El 10 de octubre pasado fue aprobada en primera lectura la ley de autoría de la diputada Spalla (PRO), por la cual se incorporan al Código de Planeamiento Urbano, los "Clubes de Barrio", es decir aquellos establecimientos destinados a usos deportivos, sociales y culturales con instalaciones cubiertas y/o descubiertas que estén comprendidos por la Ley N° 1807. La norma, deberá seguir el procedimiento parlamentario que establece la obligación de ser tratado, tras la Audiencia Pública, nuevamente por el Cuerpo Parlamentario para su sanción definitiva.
La autora del proyecto explicó en los fundamentos que es "necesario que los clubes de barrio, posean su propia legislación, de manera independiente a los grandes clubes, a fin de regularizar su situación a nivel de planificación urbana y edilicia. Históricamente, estos clubes nacen a principios de 1900, muchos fundados por inmigrantes gallegos, catalanes, italianos, como lugares de encuentro y recreación. A lo largo de las siguientes décadas, fueron tomando fuerza, y constituyéndose como núcleos fundamentales de la identidad colectiva en los distintos barrios, a partir de los cuales se forjaron lazos comunitarios, consolidando el sentido de pertenencia de una comunidad".
"En los años 60 y 70, se convirtieron en espacios de reunión y militancia política. Porque los clubes -afirmó- nunca estuvieron exentos de los intereses y preocupaciones de la comunidad, siempre fueron un fiel reflejo de la situación social. Con los años de dictadura militar, muchos de estos espacios se desvanecieron. A continuación, se sumaron los problemas económicos. Y así, la supervivencia de los clubes se hizo cada vez más difícil. Sostenerse únicamente con las cuotas de los socios resulta imposible. Y esto se tradujo en la desaparición de muchos clubes, o la reducción del espacio o las actividades de muchos de ellos con reducción del número de actividades, horarios, etcétera, o con la concesión de espacios que les eran propios". Spalla también argumentó: "Escuchamos, en boca de los integrantes de los clubes que tra tamos, el esfuerzo que hacen por mantener actividades y ampliar el número de socios, en particular chicos, al ver que su función es irreemplazable".
Este proyecto, fue despachado por la Comisión de Planeamiento Urbano que estimó su aporte para permitir un uso más intensivo del suelo para los clubes a fin que los mismos puedan potenciar su desarrollo y equipamiento, en pos de la comunidad. Las limitantes existentes en alturas y ocupación del suelo actuales son un escollo para la inversión en infraestructura deportiva, y con ello para el crecimiento de estas instituciones.
Pautas a los agregados a fachadas y muros de edificaciones.
También fueron considerados hoy en Audiencia Pública, sin recibir ninguna oposición, los expedientes Nº 3530-D-2012 y 3531-D-2012 ambos de autoría de la diputada Seijo (PRO) y aprobados el 10 de octubre pasado. Proponen modificar el Código de la Edificación de la C.A.B.A. en lo referente a agregados a las fachadas y muros visibles desde la vía pública y la regularización de cortinas, motores y/o enrolladores de cortinas. El primero de los proyectos establece la obligación para los edificios nuevos de prever lugares especialmente destinados al posible emplazamiento de los aparatos de aires acondicionadores y climatizadores de ambientes. En los edificios existentes, deberá priorizarse la ubicación de los equipos en balcones o terrazas para que el artefacto acondicionador de aire o climatizador pueda ser emplazado. Esta restricción queda incluida dentro de la que establece: La colocación o instalación de agregados no establecidos en el Código, sólo se permiten cuando no se afecte la composición arquitectónica del edificio y la estética del lugar. Es así que en los distritos Urbanización Determinada, Arquitectura Especial y Área de Protección Histórica, como en los edificios catalogados individualmente, los equipos podrán ser ubicados dentro de balcones y terrazas o internamente de tal manera que no menoscabe la composición del edificio. Además, queda prohibida la instalación de equipos del tipo “de ventana” en las fachadas.
Ambas iniciativas tiene el objetivo de "mejorar la calidad espacial y ambiental de la Ciudad, a la vez que reducir los factores de riesgo, así como la contaminación visual", según se detalla en los dos despachos elaborados por la Comisión de Planeamiento Urbano. Deberán ser tratadas nuevamente en sesión para su sanción definitiva. Entre los fundamentos del despacho los diputados destacan también que "resulta evidente el impacto negativo de la colocación desorganizada y desmedida de equipos de aires acondicionadores y climatizadores de ambientes sin respetar ninguna valoración respecto del paisaje urbano. En virtud de esto, se torna necesario que la instalación de dichos equipamientos sea regulada". El otro proyecto tiene como finalidad la prohibición de la instalación de motores y/o enrolladores de cortinas hacia el exterior de la línea oficial de la fachada. El despacho correspondiente especifica: "Usualmente, los motores sobresalen unos 0.80 metros de la línea oficial de la fachada, y muchas veces son tapados con marquesinas salientes. De igual modo, constituye un factor de riesgo las vibraciones del accionar del motor para levantar la cortina, por el desajuste que los mismos provocan sobre los elementos de sujeción, como ser bulones, tornillos, brocas y otros componentes, con el correspondiente peligro para el peatón". En ambos casos a partir de la publicación en el boletín oficial, de ser sancionadas las leyes en forma definitiva, se establecerá un plazo de 24 meses para la readecuación de los edificios en consonancia con la nueva normativa.