La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó un paquete de leyes promovidas por la comisión de Justicia que tienen por objeto actualizar la normativa vigente en algunos sectores del Poder Judicial porteño. Entre otras cosas, se adecuó el procedimiento ante el Tribunal Superior y se actualizó el monto del depósito; también se actualizó la Ley Nº 7 -Orgánica del Poder Judicial y se introdujeron modificaciones a la Ley N° 31 – del Consejo de la Magistratura – que mejora su funcionalidad y a la Ley Nº 1903 – Ley Orgánica del Ministerio Público, que perfecciona su funcionamiento.
Actualizan la Ley Orgánica del Poder Judicial
A través de una modificación integral a la Ley Nº 7 se ordenó y reorganizó el cuerpo normativo de modo tal de excluir las normas derogadas o cuya inconstitucionalidad fuera resuelta por el máximo Tribunal local. La comisión de justicia que aconsejó la decisión lo hizo en el entendimiento que "una modificación de tales características se torna imprescindible a los fines de otorgar una mayor claridad al texto legal que, seguramente, tendrá una incidencia directa en un mejor ejercicio de la función jurisdiccional estatal". El Expediente Nº 2820-D-2013, fue autoría del diputado Daniel Presti (PRO) y en el dictamen de la comisión de Justicia tuvo las disidencias de los diputados Alejandro Amor y Dante Gullo (FpV). La votación en general resultó de 48 votos positivos, 5 negativos y 4 abstenciones.
Mejoran funcionalidad del Consejo de la Magistratura
Teniendo en cuenta que las Leyes Nº 31 y Nº 1988 regulan una misma materia que compete tanto a estructura, organización y funcionamiento del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial local, la Legislatura sancionó este jueves una nueva norma. La Ley Nº 31 regula la competencia del Consejo, estableciendo sus funciones, competencias, composición, requisitos que deben reunir sus integrantes, facultades de los mismos, quorum necesario para sesionar, atribuciones y comisiones permanentes. Por su parte la Ley Nº 1988 ha creado la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial, la cual actúa en el ámbito del Consejo de la Magistratura y oportunamente su creación resultó atendible, por razones de especialidad técnica pero existía una verdadera limitación de su responsabilidad la cual quedaba restringida en su accionar.
Se argumentó que ésta técnica de organización presenta ventajas e inconvenientes porque generalmente se reconoce que favorece a la organización interna pues permite descongestionar el poder, originando una mayor celeridad en la resolución de los asuntos, afirma la idea de responsabilidad y la iniciativa de los cuadros intermedios de la burocracia, al atribuírseles la resolución o dirección de asuntos importantes, haciendo posible que quién deba decidir posea un conocimiento más profundo, específico y directo de los problemas que se trata de resolver. Pero el mayor inconveniente es la pérdida de la unidad de criterio en la resoluciones a su cargo, lo que conspira contra el objetivo propuesto por el Consejo de la Magistratura. A causa de ello la Legislatura este jueves produjo la unificación legislativa en aras de propiciar y lograr una accionar univoco.
Dado que ambos cuerpos normativos tratan idéntica materia, complementándose pero a la vez reenviándose, y habiendo sido ambos modificados en diversas oportunidades, resultaba necesario, y conveniente, en aras de la aplicación de una técnica legislativa más precisa, unificar en un único cuerpo normativo todas las disposiciones vigentes, a los fines de otorgar mayor certeza a los operadores jurídicos y por consiguiente brindar mayor ejecutividad al funcionamiento de un órgano constitucional. Por otra parte, resultaba oportuno incorporar a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial como órgano estable del Consejo por ser conveniente para agilizar su funcionamiento. En la propuesta de modificar la Ley Nº 31 y derogar la Ley Nº 1988, intervinieron como autores los diputados Alejandro Amor (FpV) y Francisco Quintana (PRO) y el despacho de la comisión de justicia llegó al recinto con disidencias del propio Amor y su par Dante Gullo (FpV). En la votación en general hubo 50 afirmativos, 2 negativos y 2 abstenciones.