Con motivo de la renuncia de Martín González, fue designado como representante de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Consejo del Plan Urbano Ambiental Francisco José D Albora (DNI 34.744.383). La iniciativa, aprobada con 52 votos positivos, fue propuesta por los  legisladores Carmen Polledo y Agustín Forchieri (PRO). La Ley 71 establece que el organismo encargado de la formulación y actualización del Plan Urbano Ambiental será el Consejo del Plan Urbano Ambiental, con competencia en ordenamiento territorial y ambiental de acuerdo con lo establecido en los artículos 27, 29 y 104 inciso 22 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que funcionará en el ámbito del Poder Ejecutivo.
El Plan Urbano Ambiental es un instrumento técnico político de gobierno, un marco de referencia tanto para la gestión pública como para la sociedad. Inicialmente, el Plan fue definido desde sus dimensiones urbanas y ambientales. Lo “urbano” se refiere al territorio de Buenos Aires en su dimensión regional, como objeto de estudio y acción, y lo “ambiental” es considerado como una dimensión transversal a la totalidad del proceso de planeamiento, desde los estudios-diagnóstico a la puesta en marcha de las acciones.