Los parques de la ciudad de Buenos Aires que tengan más de tres hectáreas de superficie deberán disponer de baños públicos, según lo estableció una ley votada por unanimidad en la Legislatura porteña, por iniciativa del Bloque Peronista. Las instalaciones sanitarias a construirse deberán “contar con módulos con inodoro, puertas con sus respectivas trabas de seguridad que indiquen si está libre u ocupado y gancho para ropa. En el área de lavabo se colocarán dos lavamanos, dosificador de jabón, porta-toallas de papel, basurero, espejo y cambiadores para niños tanto en baños masculinos como femeninos, o bien en un área accesible para ambos sexos”, como lo establece su artículo 4.
También contempla la preservación de la veintena de parques capitalinos al estipular que las flamantes instalaciones sanitarias “deben sujetarse a lo dispuesto en las normas urbanísticas destinadas a impedir la desfiguración de la perspectiva del paisaje o perjuicios a la armonía paisajística o arquitectónica y también la preservación y protección de los edificios, conjuntos, entornos y paisajes”.La legisladora María Rosa Muiños (BP), autora de la iniciativa, expresó unas palabras durante la sesión en agradecimiento a los votos positivos recibidos. Se aprobó con 54 votos.