Por sorteo y respetando la proporcionalidad de bancas de cada bloque, la Legislatura dejó constituidas el pasado jueves las salas Acusadora y Juzgadora que intervendrán en caso de una eventual denuncia contra el Jefe de Gobierno u otra alta autoridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La sala Juzgadora, de 15 miembros, quedó conformada por 7 legisladores de Vamos Juntos, 4 del Frente de Todos, 2 de UCR-Evolución, 1 del Partido Socialista y 1 de PTS-FIT.
El resto de los 45 legisladores porteños (sobre un total de 60) integrarán la sala Acusadora. La sala de Juzgamiento quedó conformada con los legisladores María Luisa González Estevarena, Gastón Blanchetierre, Agustín Forchieri, Paola Micchielotto, Facundo del Gaiso, Lucía Romano y Hernán Reyes (VJ); Claudio Ferreño, Santiago Roberto, Juan M. Valdéz, y Claudio Morresi (FdT); Martín Ocampo y Marcelo Guouman (UCR-Ev); Hernán Arce (PS) y Myriam Bregman (PTS).
El artículo 93 de la Constitución de la Ciudad prescribe: «Cada dos años y en su primera sesión, la Legislatura se divide por sorteo, en una sala acusadora integrada por el setenta y cinco por ciento de sus miembros y en una sala de juzgamiento compuesta por el veinticinco por ciento restante, respetando la proporcionalidad de los partidos o alianzas. Cada sala es presidida por un diputado elegido por mayoría simple entre sus miembros. Cuando el juicio político sea contra el Gobernador o el Vicegobernador, la sala de juzgamiento es presidida por el presidente del Tribunal Superior».
«La Legislatura puede destituir por juicio político fundado en las causales de mal desempeño o comisión de delito en el ejercicio de sus funciones o comisión de delitos comunes, al Gobernador, al Vicegobernador o a quienes los reemplacen; a los ministros del Poder Ejecutivo, a los miembros del Tribunal Superior de Justicia; del Consejo de la Magistratura; al Fiscal General; al Defensor General; al Asesor General de Incapaces; al Defensor del Pueblo y a los demás funcionarios que esta Constitución establece», determina el art. 92 de la ley suprema local.
Al estamento acusador le corresponde conformar una comisión investigadora para que analice las denuncias que se presenten, garantice la defensa del imputado y dictamine con el voto del pleno de la sala (45), que debe sumar al menos dos tercios (30) para suspender al funcionario sospechado y solicitar su juicio político. La sala juzgadora toma luego el caso y tras escuchar acusación y defensa dicta sentencia por mayoría de dos tercios (10 sobre 15), pudiendo destituir e inhibir para el desempeño de cargos públicos como únicas sanciones.
Renunciaron consejeros del Plan Urbano Ambiental
El Cuerpo Parlamentario aceptó la renuncia como consejeros del Consejo del Plan Urbano Ambiental -COPUA- de Fernando Verdaguer quien pasará a desempeñarse como subsecretario de Planificación y coordinación de transporte del Ministerio de Transporte de la Nación, Jazmín Michelle Jardón, Iñaki Álvarez y Eduardo Epsztein que cumplían funciones desde julio de 2018.Según la Ley 71 de setiembre de 1998 el COPUA tiene competencia en ordenamiento territorial y ambiental de acuerdo con lo establecido en los artículos 27, 29 y 104 inciso 22 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Funciona en el ámbito del Poder Ejecutivo y su sede está en Carlos Pellegrini 291.
Lo integran el Jefe de Gobierno, que lo preside; el titular de la Secretaria de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente como coordinador; cinco técnicos/as profesionales, con formación sistemática y antecedentes de excelencia científica, técnica y especialización en temas urbanos y/o ambientales, designados por el Poder Ejecutivo y nueve especialistas en temas urbanos y/o ambientales, designados a propuesta de la Legislatura; además los cinco titulares de las Subsecretarias de Planeamiento Urbano, Medio Ambiente, Obras Públicas, Transporte y Tránsito y Hacienda.