El diputado nacional de la CC ARI, Maximiliano Ferraro, presentó un proyecto de ley para establecer un régimen de transparencia y supresión de honores para los diputados, senadores y personal jerárquico del Congreso de la Nación en el ejercicio de sus funciones públicas. El proyecto establece los principios y deberes éticos que deben guiar su desempeño, las incompatibilidades, los mecanismos de gestión y prevención de conflictos de intereses, las respectivas sanciones por su incumplimiento y la supresión de todo tipo de honores o privilegios en su calidad de representantes y funcionarios del Poder Legislativo.

Dedicación exclusiva, cláusula anti nepotismo, presentación y publicación de sus declaraciones juradas patrimoniales y de intereses son los principales puntos del proyecto presentado.Para eso se encomienda a las Comisiones de Peticiones, Poderes y Reglamentos de ambas Cámaras del Congreso de la Nación la elaboración de un Código de Ética de aplicación para cada uno de los Cuerpos, que deben incluir: a) Declaración y publicación de intereses en relación con el trabajo en las Comisiones y las votaciones en el recinto; b) uso de la propiedad pública; c) regulación precisa de vinculación con personas vinculados al cabildeo o lobbying; d) reglas de comportamiento y respeto; e) presentismo; y, f) procedimientos y sanciones para garantizar el cumplimiento del Código de Ética.

Propone dedicación exclusiva de los legisladores, incompatible con cualquier otra actividad privada o cargo público, con excepción de la docencia. La cláusula anti nepotismo plantea acreditar el requisito de idoneidad funcional, esto significa que si promueven la designación, bajo cualquier modalidad, de una persona con la que posean un vínculo de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, o de su cónyuge o conviviente, deberán acreditar la idoneidad del postulante para el ejercicio de la función. En el caso de los funcionarios alcanzados tuvieren una actividad comercial paralela, la misma deberá encomendarse a un fideicomiso ciego.

Asimismo, los legisladores deberán presentar su declaración jurada patrimonial, en sintonía con lo que establece la Ley 25.188 de Ética de la función pública, las presentaciones deberán realizarse en la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública respectiva de la Cámara. Además, deberán presentar una declaración jurada de intereses dentro de los treinta días hábiles desde que se produzca el inicio de su función o la asunción en el cargo. Esa información se deberá actualizar anualmente y presentar una última declaración dentro de los treinta días hábiles desde la fecha de cese en la función o en el cargo.

Cada una de las declaraciones juradas patrimoniales y de intereses de los sujetos obligados deberán estar publicadas en la página web oficial de la respectiva Cámara. Respecto a la supresión de privilegios y honores, quedan suprimidos y prohibidos todos los privilegios o beneficios que no cumplan estrictamente una función relevante o esencial para el legislador: se suprime el uso de vehículos oficiales, la emisión de pasaportes oficiales salvo para viajes oficiales con la fecha de inicio y finalización respectiva.

Además, el proyecto promueve que cuando se tenga el orden del día para las sesiones legislativas, los diputados y senadores, con la finalidad de evitar posibles conflictos de intereses, deberán comunicar a sus respectivas Cámaras los intereses privados que tengan en relación a los proyectos incluidos en la sesión.
“Las disposiciones que proponemos tienen por objetivo una reforma profunda y no meramente mediática del Poder Legislativo. Enfrentar la corrupción y los conflictos de intereses requiere de un trabajo coordinado y responsable, no de realizar declaraciones demagógicas y promover el ataque al Poder Legislativo”, señala el proyecto de ley en sus fundamentos.