El proyecto que tuvo aprobación fue la regulación del uso, la venta y la promoción de vapeadores y productos emergentes de tabaco y nicotina, con la finalidad de prohibir el acceso a menores de 18 años. En este sentido, apunta a establecer restricciones similares a las que ya están dispuestas para el tabaco tradicional, en respuesta al aumento del consumo de estos dispositivos, especialmente entre adolescentes. Por ejemplo, no se podrá usar estos elementos en espacios cerrados de acceso público, como escuelas, hospitales, transporte y centros culturales.
El texto también impide la promoción, publicidad, ofertas gratuitas y patrocinio de estos productos por fuera de los comercios habilitados, que deberán incluir advertencias sanitarias visibles para los usuarios y vecinos. Respecto al régimen de sanciones para quienes incumplan las nuevas disposiciones, tendrán multas que oscilan entre las 500 y las 5 mil unidades fijas, decomiso de mercadería y clausura o inhabilitación de los comercios infractores.
Y se prevé la modernización y actualización de los programas de cesación tabáquica en hospitales y centros de saludos, con protocolos específicos para los usuarios de vapeadores, y la creación de un nuevo sistema de registro local de casos de Evali –lesión pulmonar referida al vapeo-. Por último, la ley obliga la gestión diferenciada de los residuos electrónicos y plásticos derivados de estos dispositivos, con el establecimiento de protocolos y sistemas de recolección en los Puntos Verdes de la Ciudad.